Subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia en Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S48300/17

Norma:

Orden 151/2017, de 5 de septiembre. Resolución de 26/09/2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de octubre de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 75.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones destinadas a Entidades locales para el desarrollo de programas destinados al servicio
de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo individualizado por cada programa subvencionado no excederá de 75.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

d) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

e) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

f) Que los centros en los que se desarrollan los programas objeto de la subvención estén debidamente autorizados.

g) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 08/09/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 175
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 02/10/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 191
Documento: Convocatoria 2017 (Completo) Descargar Documento