Subvenciones a entidades locales para apoyo a los centros de informacion a las mujeres, y se procede a su convocatoria para el año 2010.
Código de ayuda:
S46155/10Norma:
Resolución de 22 de julio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/08/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Colaborar económicamente con las entidades locales titulares de CIM para su óptimo funcionamiento y para el desarrollo de proyectos formativos dirigidos a mujeres de su área de influencia para la mejora de su empleabilidad. Consisten en dos líneas de ayuda:- Línea 1: ayuda económica para el mantenimiento del CIM determinada en función de los puestos de trabajo de su cuadro de personal.
- Línea 2: ayuda económica para la realización de proyectos formativos para mujeres.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia (ayuntamientos o mancomunidades) titulares de centros de información a las mujeres acreditados según lo dispuesto en el Decreto 182/2004, de 22 de julio, por el que se regulan los centros de información a las mujeres y se establecen los requisitos para su reconocimiento y funcionamiento.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Los tipos de ayuda que se establecen para la línea 1 son:a) Incentivos al mantenimiento de empleo estable para el desempeño de las funciones específicas de asesoramiento jurídico y psicológico a las mujeres, de las funciones directivas y de las funciones de animación sociocultural o de agentes de igualdad.
b) Subvención, de hasta 14.000 euros por cada especialidad, para los costes directamente vinculados a la contratación eventual de profesionales para los casos en los que las funciones de asesoramiento jurídico y/o psicológico fijadas en el Decreto 182/2004 se presten por servicios externos, a través de contrataciones laborales temporales o contrataciones mercantiles.
2. Para la realización de proyectos formativos de la línea 2 se establece una subvención para los gastos corrientes y/o de personal vinculados directamente al desarrollo de proyectos formativos para mujeres realizados desde los CIM. Consistirá en una cuantía económica para sufragar los costes por hora de formación impartida que se fijará según el nivel de formación previsto, el grado de dificultad técnica y el nivel de especialización docente necesarios para llevar a cabo el proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
23/07/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 140
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 140
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento