Subvenciones a entidades locales para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas en el medio rural.

Código de ayuda:

S04464/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de febrero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomento de la recuperación, de la accesibilidad y de la señalización de los recursos turísticos en el medio rural, de cara a la consolidación de la oferta turística en las zonas rurales, a través de la puesta en valor de su riqueza histórica, cultural, patrimonial y paisajística.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Turismo de Galicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Ayuntamientos.

b) Mancomunidades y consorcios locales de Galicia constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia. Estas entidades supramunicipales deberán tener atribuidas competencias en materia de turismo.

c) Agrupaciones de municipios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuaciones de embellecimiento de los accesos a los recursos turísticos de la entidad solicitante, que podrán incluir:

– Recuperación y tratamiento paisajístico del entorno de los recursos turísticos.

– Iluminación ornamental de los recursos turísticos, ya sea primera instalación o mejora, ampliación o sustitución de la existente. No será subvencionable el alumbrado urbano de la entidad local.

– Recuperación y creación de miradores paisajísticos, senderos, rutas u otros elementos de interés turístico.

– Adecuación de espacios destinados al estacionamiento de vehículos de los visitantes cuya finalidad sea reducir el impacto negativo que estos producen.

b) Actuaciones de embellecimiento de los bienes declarados de interés cultural o con un procedimiento de declaración ya iniciado, así como las que afecten a su entorno de protección, que podrán consistir en:
– Embellecimiento de vías.

– Enterramiento de contenedores de residuos.

– Eliminación de cableado aéreo y antenas de comunicaciones.

c) Actuaciones de puesta en valor turístico de los recursos, que podrán incluir las siguientes:

– Rehabilitación o restauración para su dedicación a usos turísticos distintos del alojamiento de personas.

– Recuperación de elementos de interés etnográfico o de la arquitectura tradicional.

d) Actuaciones de mejora de la accesibilidad de los recursos turísticos:

– Eliminación de barreras arquitectónicas en el acceso a los bienes, recursos y rutas turísticas.

– Las destinadas a facilitar el acceso de las personas con algún tipo de discapacidad sensorial a la información turística de los recursos.

En todo caso, deberá cumplirse la normativa vigente en materia de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.

e) Señalización de los recursos turísticos.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 11
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/01/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 11
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 21/01/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento