Subvenciones a entidades locales (municipios y concejos) de Navarra para la realización de obras en centros de educación infantil de 0 a 3 años.

Código de ayuda:

S32582/19

Norma:

RESOLUCIÓN 250/2019, 30 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones a que se refieren estas Bases se destinarán a la financiación de las obras descritas a continuación en nuevos centros de educación infantil de 0 a 3 años y en centros de educación infantil de 0
a 3 años previamente creados de acuerdo con el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Universidad (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de subvención por centro será variable en función del tipo de obra a subvencionar:

–Obras de construcción de nuevos centros de educación infantil de 0 a 3 años, hasta un máximo de 100.000 euros.

–Obras de ampliación de centros previamente creados, hasta un máximo de 75.000 euros.

–Restantes obras de reforma en espacios interiores y exteriores e inversiones en espacios exteriores e interiores mediante la reforma de instalaciones en centros previamente creados, hasta un máximo de 50.000
euros.

El porcentaje a subvencionar por centro será hasta un máximo del 65% del coste de la inversión de edificación y urbanización, incluidos los honorarios facultativos de proyectos y direcciones de obra.

Las entidades locales que pertenecen al Plan Estratégico de Desarrollo del Pirineo podrán ser subvencionadas hasta un máximo del 95% de la inversión.

La concesión de las subvenciones queda limitada a la consignación presupuestaria.

No se considera gasto subvencionable a efectos de la presente convocatoria el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Los aumentos de coste sobre la inversión objeto de subvención correrán a cargo de la entidad local beneficiaria.

En el caso de que el coste final de las obras sea inferior al presupuesto subvencionado, la cuantía de la subvención se minorará en proporción a la reducción producida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a este régimen de subvenciones las Entidades Locales, Municipios o Concejos titulares de estos edificios.

Documentos asociados

Boletín: 21/05/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 97
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento