Subvenciones a entidades locales en materia de consumo para el ejercicio 2011.

Código de ayuda:

S53400/08

Norma:

Orden 7/2008, de 21 de julio. Resolucion de 28 de julio de 2008. Resolucion de 17 de febrero de 2009. Resolucion numero 50, de 8 de febrero de 2010. Resolución 34/2011, de 3 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/03/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones en materia de consumo correspondientes al ejercicio 2011, en régimen de concurrencia competitiva, en favor de entidades locales.

Categorías Subvención

  • Consumo
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Salud (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las solicitudes de subvención tendrán el siguiente importe:

a) Para atender los gastos destinados a sufragar cuantías incluidas en el concepto de gastos corrientes, la subvención no podrá superar el setenta por ciento de lo efectivamente gastado. El porcentaje y consiguiente importe de la ayuda será propuesto por la Comisión de Valoración en función de los proyectos presentados o, en su caso, de lo que venga establecido en las respectivas convocatorias anuales.

b) Para atender los gastos destinados a sufragar cuantías incluidas en el concepto de gastos de capital, la subvención no podrá superar el cincuenta por ciento de lo efectivamente gastado. Las respectivas convocatorias anuales podrán determinar los beneficiarios que, cumpliendo el resto de los requisitos, tengan preferencia en la adjudicación de estas ayudas.

2. Para las solicitudes de gastos por conferencias o sesiones de información a los consumidores, independientemente de quién las imparta, la cuantía máxima que se admitirá como gasto será de 90 euros por sesión.

3. Los gastos de dietas y desplazamiento se justificarán según los conceptos y cuantías vigentes en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de indemnizaciones a su personal por razón del servicio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de La Rioja tales como municipios, mancomunidades de municipios cuyos estatutos contemplen entre sus fines la prestación de servicios de consumo y entidades locales menores de ámbito autonómico.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El fomento de los servicios locales de consumo mediante la colaboración en su creación, mantenimiento y funcionamiento habitual en lo referido a gastos destinados a sufragar:

1º. Costes de personal que con carácter exclusivo atiendan el servicio.

2º. Adquisición de bienes corrientes y servicios.

3º. Adquisición de equipos y programas informáticos.

4º. Adquisición de equipos de transmisión de información.

b) La realización de actividades destinadas a capacitación, formación o perfeccionamiento de personal de entidades locales, que desarrollen funciones de información, inspección y mediación en materia de consumo.

c) La edición y difusión de publicaciones de interés para los consumidores.

d) La realización de programas de formación e información de consumidores.

e) Campañas de inspección de productos, bienes y servicios de uso común y generalizado, en relación con su etiquetado, en lengua oficial del Estado y la indicación del precio de venta al público, especialmente aquellos que se ofrezcan en venta ambulante, ya sean realizadas individualmente o en coordinación con la
Dirección General de Salud Pública y Consumo como consecuencia de Campañas de ámbito nacional o regional.

f) Actuaciones que promuevan la constitución de mancomunidades de municipios para la prestación de servicios locales de consumo, donde un municipio con población igual o superior a 5.000 habitantes se integre con otro u otros de población inferior.

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