Subvenciones a entidades locales en el ambito de la atencion a las personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S54719/14

Norma:

Orden de 12/12/2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y efectuar la convocatoria para el año 2015 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Entidades Locales para el mantenimiento de centros que tienen por finalidad la atención de personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención a conceder por cada solicitud presentada no excederá de 500.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las Entidades locales que concurran a la presente convocatoria deberán cumplir, en la fecha de presentación de su solicitud, los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de personal y mantenimiento de centros cuyo objeto es la atención directa y la mejora significativa de la calidad de vida en la atención a personas con discapacidad intelectual.

Dichos centros en cumplimiento de su finalidad desarrollarán programas específicos vinculados a los objetivos de integración sociolaboral, fomento de la autonomía personal, apoyo residencial, así como de atención temprana.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006.

b) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

c) Poseer el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

d) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

e) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

f) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.

g) Que los centros en los que se desarrollan los programas objeto de la subvención estén debidamente autorizados.

h) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 246
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento