Subvenciones a entidades locales destinadas a la adquisición de equipamiento para la gestión de residuos.
Código de ayuda:
S30400/25Norma:
Resolución de 20 de octubre de 2025. Resolución de 26 de agosto de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de noviembre de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 75.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones tendrán por objeto financiar la adquisición por los ayuntamientos del Principado de Asturias de equipamientos específicos para la recogida de los residuos municipales.La finalidad de estas subvenciones es apoyar la mejora en la dotación de equipamientos con que cuentan los ayuntamientos del Principado de Asturias para la recogida de los residuos municipales, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos legales en materia de recogida separada y reciclaje de residuos municipales, de acuerdo con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Principado de AsturiasConvoca:
Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad de la ayuda será un porcentaje de los costes subvencionables, estableciéndose el importe total máximo por entidad local beneficiaria.Intensidad de la ayuda según la población de derecho (P= n.º de habitantes):
— Si P menor o igual a 5.000, intensidad de la ayuda 90%.
— Si P mayor de 5.001 y menor de 20.000, intensidad de la ayuda 80%.
— Importe total máximo (€) 75.000.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas los concejos del Principado de Asturias con población de derecho inferior a 20.000 habitantes.2. Como poblaciones de derecho se tomarán las cifras oficiales resultantes del último censo anual de población publicado por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
3. No podrán ser beneficiarias de subvención las entidades en quienes concurra cualesquiera de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la LGS. La apreciación de estas circunstancias se llevará a cabo en el modo establecido en los apartados 4 a 6 del citado artículo 13, y tendrán el alcance que para cada una se establece.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considera subvencionable la adquisición, para nueva instalación o renovación, de los equipamientos que se relacionan a continuación, necesarios para las actividades de recogida de residuos municipales:a) Contenedores para la recogida separada (para las diferentes fracciones selectivas) o para fracción resto, tanto de superficie como soterrados y semisoterrados, a ubicar en la vía pública. En los supuestos en que la instalación lleve aparejada trabajos de obra civil, estos serán igualmente subvencionables.
b) Cubre contenedores o mamparas de ocultación de contenedores.
c) Marquesinas para la ubicación de contenedores en su interior.
d) Puntos limpios móviles.
Documentos asociados
Boletín:
11/09/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 175
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
30/10/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 209
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
30/10/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 209
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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