Subvenciones a entidades locales de la Región de Murcia para el desarrollo de actividades y proyectos culturales durante el año 2008 - Modificación.

Código de ayuda:

S44482/08

Norma:

Orden de 28 de abril de 2008. Orden de 30 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones a Entidades Locales de la Región de Murcia, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo, durante el año
2008, de actividades y proyectos culturales en materia de artes visuales, artes escénicas, música y audiovisual.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a aportar por la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes a cada
proyecto, no podrá exceder de 50.000,00.- euros.

Queda excluido el prorrateo entre las solicitudes presentadas, cuando el total de subvenciones a conceder
exceda del crédito disponible.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales de la Región de Murcia que desarrollen o pretendan desarrollar, dentro del presente año, actividades y proyectos de promoción cultural incluidos en los programas objeto de esta convocatoria.

Entendemos por Entidades Locales, además de las reguladas en la legislación de Régimen Local, los consorcios de naturaleza jurídico-pública en cuyos estatutos se incluya como objeto específico la realización de actividades objeto de esta subvención.

Para ser beneficiario de estas subvenciones, las Entidades Locales deben cumplir los siguientes requisitos:

a) No tener obligaciones tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad o proyecto subvencionado, y
se realicen en el plazo de ejecución establecido por esta convocatoria, y se paguen con anterioridad a la fi- nalización del plazo de justificación. Asimismo, podemos distinguir entre:

a) Gastos elegibles:
- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de la actividad.
- Contratación de actuaciones.
- Alquileres de equipos, películas, sonido, iluminación.
- Edición de obras audiovisuales.
- Compra de suministros de material fungible y no inventariable.
- Dietas, alojamiento y desplazamiento de invitados y participantes en las actividades.
- Demás gastos corrientes necesarios para la realización de las actividades.

b) Gastos excluidos:
- Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
- Intereses, recargo y sanciones administrativas o penales.
- Gastos de procedimientos judiciales.
- Gastos de comidas e invitaciones protocolarias.
- Gastos de inversiones y adquisiciones de material, equipos o bienes de naturaleza inventariable (instrumentos, vehículos, equipos de audio, video, sonido, iluminación, material informático, etc…)

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 135
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/02/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 27
Documento: Modificación Descargar Documento