Subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la promoción de la actividad física en el ámbito local.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S34591/14

Norma:

ORDEN de 1 de julio de 2014. ORDEN de 16 de junio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/07/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas económicas a las entidades locales de la CAPV para desarrollar, durante el año 2015, programas e intervenciones de promoción de la actividad física para la mejora de la salud y el bienestar de la población.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En municipios o áreas supramunicipales mayores de 50.000 habitantes, se podrá subvencionar hasta el 20% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000 euros por proyecto.

b) En municipios o áreas supramunicipales de entre 50.000 y 7.000 habitantes, se podrá subvencionar hasta el 50% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000 euros por proyecto.

c) En municipios o áreas supramunicipales menores de 7.000 habitantes, se podrá subvencionar hasta un 80% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programas e intervenciones que contemplen la adecuación y dinamización de recorridos o paseos peatonales en entornos urbanos y periurbanos, seguros y convenientemente señalizados, dirigidos a la población en general, para la promoción del ocio activo.

b) Programas e intervenciones que contemplen la adecuación y dinamización de redes de itinerarios peatonales, seguros y convenientemente señalizados a centros escolares (caminos escolares) y/o polígonos industriales que faciliten la movilidad activa en los desplazamientos habituales.

Requisitos:

Las Sociedades Mercantiles Locales, deberán cumplir las siguientes condiciones: que su capital social sea de titularidad pública, y que sus socios sean mayoritariamente ayuntamientos. Además deberán haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad social y hacienda.

Documentos asociados

Boletín: 09/07/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 129
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 25/06/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 118
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento