Subvenciones a entidades locales de Navarra para la puesta en funcionamiento o consolidación de un sistema de archivo propio 2026.

Código de ayuda:

S08673/26

Norma:

ORDEN FORAL 15E/2026, de 20 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de abril de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones dirigidas a las entidades locales de Navarra destinadas a inversiones en sistemas de archivo en conformidad con la Orden Foral 50/2016, de 10 de junio, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueban instrucciones para la organización y gestión de los archivos de las entidades locales de Navarra con población inferior a los 15.000 habitantes.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a conceder será la necesaria para financiar el 40% de los gastos del proyecto o programa que se presente (IVA incluido). El IVA aplicable a estos efectos será el vigente en el momento de publicación de la convocatoria. La ayuda máxima a conceder por beneficiario será de 5.000 euros. En aquellos casos en los que las solicitudes correspondan a programas concretos sobre el patrimonio documental en riesgo, podrá aumentarse la cuantía de la subvención hasta financiar el 60% de los gastos, siempre que se justifique adecuadamente y no supere la ayuda máxima establecida (5.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades locales.

Requisitos:

1. Podrán acceder a las ayudas establecidas en esta convocatoria las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra, entendiéndose por tales las descritas en los artículos 2 y 3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

2. Las entidades solicitantes deberán cumplir con los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

3. Las entidades locales que hayan obtenido, en los últimos cinco años, subvención para dotarse de un sistema de archivo propio o para la ejecución de programas concretos en tres convocatorias, no podrán volver a solicitarla en tanto no hayan transcurrido cinco años desde la última concesión.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 58
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento