Subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de voluntariado.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S17628/16Norma:
Decreto de 10 de mayo de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 18 de Junio de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la convocatoria es subvencionar proyectos que promuevan el voluntariado en la ciudad de Madrid.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total de la convocatoria asciende a 200.000 euros.Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:
— Primer tramo: de 100 a 75 puntos, la cuantía a subvencionar será de 12.000 euros.
— Segundo tramo: de 74 a 60 puntos, la cuantía a subvencionar será de 10.000 euros.
— Tercer tramo: de 59 a 50 puntos, la cuantía a subvencionar será de 8.000 euros.
— Cuarto tramo: de 49 a 40 puntos, la cuantía a subvencionar será de 6.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las personas jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento, en las que concurran las circunstancias previstas en el artículo 15 de la OGS y en la presente convocatoria, que se encuentren en la situación que fundamenta su concesión y en las que no concurra ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Requisitos:
a) Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro.b) Estar inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, salvo en el caso de que por su naturaleza jurídica no se reúnan los requisitos para la inscripción en el mismo. En ese caso, estar inscritas en el registro público correspondiente.
c) Desarrollar sus actividades y tener sede en el ámbito territorial del municipio de Madrid.
d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
g) No tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del RGS, se hubiera realizado o no.
h) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la LGS para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
i) Documentación opcional y valorable:
a. Acreditación de sistemas de evaluación y calidad externos vigentes.
b. Acreditación del seguro de accidentes de voluntarios.
Documentos asociados
Boletín:
22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
18/03/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 171
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 171
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín:
01/06/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 129
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 129
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