Subvenciones a entidades del tercer sector de acción social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia.
Código de ayuda:
S14946/26Norma:
Orden de 5 de enero de 2010. Orden de 26 de mayo de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de junio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades del Tercer Sector deAcción Social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Región de MurciaConvoca:
Consejería de Política Social, Familias e Igualdad (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades del Tercer Sector de Acción Social de Murcia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Actuaciones de sensibilización y captación de personas voluntarias, dirigidas a la ciudadanía de la Región de Murcia.b) Actuaciones de formación dirigidas a personas voluntarias de la propia entidad, o de otras entidades de voluntariado, que desarrollen su acción voluntaria en la Región de Murcia.
c) Actuaciones mixtas que incluyan la divulgación, sensibilización y captación de personas voluntarias dirigidas a la ciudadanía, así como la formación de personas voluntarias de la propia entidad o de otras entidades de voluntariado, que desarrollen su acción voluntaria en la Región de Murcia.
d) Otras actuaciones de gestión del voluntariado dirigidas a la acogida, acompañamiento y seguimiento de las personas voluntarias, incluido el cierre de la actividad voluntaria.
Requisitos:
a) No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
c) Estar inscritos en el Registro de Centros y Servicios Sociales, o en caso de carecer de dicha inscripción, haber solicitado, antes de la finalización del plazo de solicitud de la subvención, la autorización administrativa previa o de funcionamiento, según corresponda a la tipología de centros y servicios para los que solicite dicha subvención, contando con la misma antes de la fase de preevaluación o, en caso de no existir ésta, a fecha del informe de la Comisión evaluadora de la subvención.
d) Cuando la subvención se solicite por una persona jurídica se requerirá que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma.
e) Las correspondientes convocatorias expresarán los demás requisitos para solicitar la subvención y la forma de acreditarlos, en cumplimiento del artículo 17, apartado 2, letra e) de la LSCARM, a cuyo efecto indicarán los documentos e informaciones que han de acompañarse a las expresadas solicitudes.
Documentos asociados
Boletín:
09/01/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 6
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 6
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
29/05/2026
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 122
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 122
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
29/05/2026
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 122
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 122
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
