Subvenciones a entidades del Tercer Sector de las Artes Escénicas y Musicales de Navarra, destinadas a financiar festivales, ciclos y espectáculos.
Código de ayuda:
S11964/26Norma:
ORDEN FORAL 52E/2026, DEL 18 DE MARZO.Plazo de Solicitud:
Hasta el 21 de mayo de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 40.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones a entidades del tercer sector cultural de las artes escénicas y musicales, que organicen festivales, ciclos y espectáculos de artes escénicas y musicales, que contribuyan al mantenimiento del tejido social y del patrimonio cultural de Navarra, que favorezcan una oferta artística de calidad, diversa, inclusiva, que tengan en cuenta aspectos sociales y territoriales y, sobre todo, contribuyan al acceso igualitario de la ciudadanía a la cultura.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
-Modalidad A: Ayudas a la organización de festivales, conciertos y espectáculos, de alto presupuesto: 40.000 euros.-Modalidad B: Ayudas a la organización de festivales, conciertos y espectáculos, de bajo presupuesto: 15.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Organizaciones privadas, sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Cada entidad podrá presentar un proyecto, entendido como el conjunto de actividades que desarrolla dicha entidad para alcanzar los objetivos propuestos en un tiempo concreto y con un presupuesto establecido.Requisitos:
a) Deben contar con un presupuesto igual o superior a 50.000 euros.b) Deben tener lugar en la Comunidad Foral de Navarra y su contenido debe ser predominantemente cultural, que se exhiba mediante una programación artística intensiva, discontinua, de duración temporal limitada y reconocida por un nombre de marca específico.
c) Deben tener un grado de autofinanciación mínimo del 20% de aportación propia (no procedente de fuentes públicas): patrocinio privado, ingresos generados por la propia actividad como venta de entradas, venta de publicidad y venta de bienes y servicios y recursos propios de la entidad.
d) Independientemente de las fases previas o posteriores, sea de preparación, sea de valoración o de cierre, las actividades públicas deben desarrollarse en un lapso de tiempo definido que en ningún caso será inferior a los tres días ni superior a los dos meses (no consecutivos).
e) Deben programar un mínimo de 10 propuestas artísticas profesionales en el caso de proyectos de artes musicales y un mínimo de 5 propuestas artísticas profesionales en el caso de proyectos de artes escénicas.
Documentos asociados
Boletín:
23/04/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 79
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 79
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
