Subvenciones a entidades de iniciativa social para inversion, mantenimiento y promocion de actividades y programas de servicios sociales y se procede a su convocatoria. - Modificación.

Código de ayuda:

S15673/09

Norma:

Orden de 23 de febrero de 2009. Orden de 15 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de subvenciones a las entidades de iniciativa social que, de conformidad con la Ley 4/1993, de 14 de abril, de servicios sociales, y los reglamentos que la desarrollan, llevan a cabo programas y prestan servicios sociales.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de las subvenciones, y sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas a consecuencia
de mayores disponibilidades presupuestarias, que se tramitarán como modificaciones de la misma de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.2º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, existe crédito adecuado y suficiente con cargo a la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2009, por un importe máximo de 6.653.444 euros,

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las entidades de iniciativa social referidas en el artículo 32.2º c) de la Ley 4/1993, de 14 de abril, de
servicios sociales, que desarrollen programas y presten los servicios establecidos en el artículo anterior, siempre que se encuentren debidamente inscritas con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, regulado por el
Decreto 291/1995, de 3 de noviembre (DOG nº 218, del 14 de noviembre), y por la Orden de 5 de febrero de 1996 (DOG nº 35, del 19 de febrero), que desarrolla el anterior, y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Consultar artículo 3º.

Documentos asociados

Boletín: 04/03/2009
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