Subvenciones a entidades de iniciativa social para el mantenimiento y promocion de actividades y programas en el area de servicios sociales comunitarios.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S03946/11

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de subvenciones a las entidades de iniciativa social que, de conformidad con la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia llevan a cabo programas y prestan servicios sociales en el área de actuación de los servicios sociales comunitarios.


Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de iniciativa social a las que se refiere el artículo 31º.1 de la Ley 13/2008, de 3 de
diciembre, de servicios sociales de Galicia, que desarrollen programas y presten los servicios en el área de
actuación establecida en el artículo anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. De mantenimiento en centros, equipamientos y servicios sociales comunitarios.

Se incluyen en este tipo aquellos centros, equipamientos y servicios que complementen los ámbitos de
intervención social del sistema gallego de servicios sociales en este nivel de atención. Los contenidos de
los centros y servicios elegibles para ser subvencionados con cargo a esta orden se ajustarán a lo tipificado
en los artículos 2º, 3º y 8º del Decreto 240/1995, de 28 de julio, por el que se regula este nivel de atención
del sistema de servicios sociales.

B. De promoción de actividades y programas básicos, innovadores y complementarios de los servicios
sociales comunitarios. Se incluyen en este tipo el desarrollo de actividades y programas que complementen, amplíen o innoven los programas básicos de actuación de los servicios sociales comunitarios referidos en el artículo 9º del Decreto 240/1995, incluida la organización de jornadas, seminarios y otros eventos relacionados con la formación, debate y sensibilización.

Requisitos:

Los beneficiarios de estas subvenciones, deberán reunir los requisitos mencionados en el artículo 10º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG número 121, de 25 de junio de 2007).

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 15
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento