Subvenciones a entidades de iniciativa social del area de personas con discapacidad para el desarrollo de programas de promocion de la autonomia y prevencion de la dependencia en el año 2009.

Código de ayuda:

S35382/09

Norma:

ORDEN FORAL 156/2009, de 17 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el ejercicio 2009, a las entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad que, careciendo de ánimo de lucro y estando ubicadas en Navarra, desarrollen programas dirigidos a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia en el ámbito de los Asuntos Sociales.

Mediante la concesión de las citadas subvenciones se persigue potenciar el proyecto de dichas entidades, promoviendo el desarrollo de acciones dirigidas a satisfacer las necesidades específicas de las personas con discapacidad, así como la promoción de la vida independiente y la prevención de la dependencia de las mismas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Calidad
  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para establecer el presupuesto admitido correspondiente a cada programa, se realizará una evaluación de los costes económicos incluidos en el proyecto. En el caso de que se aprecie que los costes previstos estén sobrevalorados, se realizará una valoración económica del programa a precios ajustados a los reales, con carácter previo a la asignación de la subvención. En todo caso, el presupuesto admitido no superará el 5% del gasto efectuado el año anterior en el programa, salvo que de manera excepcional en el expediente quede absolutamente justificada la necesidad de un incremento superior.

b) Entidades y/o programas de nueva creación o que no han recibido subvención el año anterior y Proyectos estructurados como programa global:

–El importe máximo de la subvención se cifrará en 6.500 euros.

c) Programa de implantación de Calidad:

–En el caso de implantación de sistemas de calidad, el importe máximo subvencionable será de 6.500 euros. Dicha subvención se considera de con cesión única para cada entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades de iniciativa social del area de personas con discapacidad para el desarrollo de programas de promocion de la autonomia y prevencion de la dependencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tipología de los programas.

Los programas presentados, así como las actividades del “Programa global” se orientarán hacia la promoción de la autonomía personal y la prevención de la dependencia de las personas con discapacidad en el ámbito de Asuntos Sociales, y se encuadrarán en las siguientes tipologías:

–Atención individualizada a la persona con discapacidad.

–Atención personalizada a la familia.

–Integración en la comunidad y atención comunitaria.

–Autogestión y promoción de la vida independiente.

–Actualización del conocimiento (Formación).

–Formación ocupacional.

–Preparación e Inserción laboral.

–Ocio y tiempo libre.

–Promoción del deporte adaptado.

–Gestión de calidad.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes:

–Registro de Asociaciones, dependiente del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra.

–Otros que por la naturaleza jurídica de la entidad pudieran corresponder.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente referida en el punto 2.1, a) de esta base.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad.

e) Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.

f) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.

g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

h) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones. Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 53
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento