Subvenciones a entidades ciudadanas.

Código de ayuda:

S02328/06

Norma:

Convocatoria de 19 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a Entidades Ciudadanas, con destino a la realización de proyectos:
a) Específicos, es decir, en los que se prevea la realización de actividades concretas.
b) Programaciones anuales, es decir, las que se desarrollan durante todo el ejercicio económico.
La Junta Municipal destinará a dichos Programas las subvenciones que se establezcan, en virtud de las limitaciones presupuestarias de la partida asignada.
c) Gastos de entidades relativos a alquiler y mantenimiento de las sedes sociales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y declaradas de Utilidad Pública Municipal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención al pago de los alquileres de las sedes sociales, a gastos de obras de mantenimiento y a adquisición de mobiliario y equipamientos que no tengan carácter de activos materiales, necesarios todos ellos, para el correcto funcionamiento de la entidad.

La priorización de los proyectos subvencionables será la siguiente:
1º. Proyectos de Actividades Complementarias del Ayuntamiento de Madrid y relacionados con el objeto social de la propia entidad.
2º. Proyectos de Formación que permitan una mayor cualificación del movimiento asociativo.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento de Madrid.
b) Poseer la Declaración de Utilidad Pública conforme a lo establecido el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana de la Ciudad de Madrid.
c) No tener deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 26/01/2006
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5688
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento