Subvenciones a entidades asociativas del sector agrario y alimentario, por el desarrollo de actividades de colaboración y representación y para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español.

Código de ayuda:

S14337/04

Norma:

Orden APA/1419/2004, de 14 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar y favorecer las actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, efectuadas por las organizaciones profesionales agrarias y otras entidades asociativas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

El importe de la subvención no podrá superar el coste total de la actividad objeto de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las siguientes entidades:
a) Organizaciones Profesionales Agrarias (OPAS) de ámbito estatal y carácter general.
b) Organizaciones de carácter general y ámbito estatal representativas de la industria agroalimentaria.
c) Otras entidades asociativas agroalimentarias de ámbito estatal y carácter representativo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes actividades realizadas durante el presente ejercicio:
a) Actividades de representación ante la Administración General del Estado o de participación en sus órganos colegiados.
b) Actividades de representación y de participación ante la Unión Europea.
c) Realización de actividades específicas que puedan ser de especial interés para el sector agroalimentario, acordadas con el Departamento.

Requisitos:

a) Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considera que carecen de fines de lucro aquellas entidades que también desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de éstas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.

b) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

c) Que tanto ellas como las organizaciones integradas en las mismas estén al corriente de sus obligaciones con la Comisión Gestora de la Extinta Confederación Nacional de Cámaras Agrarias, por el uso del patrimonio gestionado por dicha Comisión.

d) En el caso de las entidades enunciadas en las letras a), y b) del apartado 1, de este artículo, se deberá corresponder el volumen total de gastos devengados en el año 2003 con las actividades propias de los fines, según Estatutos de la entidad solicitante, y que dicho volumen sea el que refleja su contabilidad correspondiente a dicho año, elaborada en consonancia con el Plan General de Contabilidad.

Documentos asociados

Boletín: 21/05/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 123
Documento: Convocatoria Descargar Documento