Subvenciones a entes locales para financiar los gastos derivados de la elaboracion, la implementacion o el desarrollo de politicas de mujeres.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S26328/11

Norma:

RESOLUCIÓN BSF/1083/2011, de 3 de mayo. RESOLUCIÓN BSF/1371/2011, de 25 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Instituto Catalán de las Mujeres para entes locales, dentro del ejercicio 2011.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los municipios, los consejos comarcales, los consorcios de carácter local, las entidades municipales descentralizadas y otras entidades supramunicipales situados en Cataluña, excepto las diputaciones provinciales, que elaboren un plan de políticas de mujeres o que implementen proyectos, programas o actuaciones incluidos en un plan de políticas de mujeres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Diseño y elaboración de un plan de políticas de mujeres, que debe aprobar el órgano de gobierno del ente local antes del plazo de justificación de esta convocatoria. Dicho plan debe incluir una diagnosis y especificar su vigencia, que tiene que ser como mínimo de tres años. Los entes supramunicipales deberán incorporar el documento que acredite la relación de los municipios adheridos a su plan, certificado
por el secretario o la secretaria del ente.

B. Implementación de proyectos que incorporen la perspectiva de género y de las mujeres:

B.1. Proyecto de conmemoración de días significativos: 8 de marzo y 25 de noviembre.

B.2. Programación anual de actividades dirigidas a las mujeres.

B.3. Elaboración de materiales y/o acciones de sensibilización.

B.4. Programas formativos de diferentes formatos dirigidos a las mujeres.

B.5. Proyectos de investigación vinculados con las mujeres del territorio.

B.6. Programa de incorporación del trabajo transversal y de la perspectiva de género en el seno de la organización municipal o supramunicipal.

Requisitos:

a) Cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

b) No podrán obtener la condición de beneficiarios los entes locales solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias previstas por el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Este apartado se comprobará con la declaración responsable del ente local y en el momento del pago de la subvención.

c) Cumplir la normativa vigente de integración de personas discapacitadas en materia de procesos de selección de personal.

d) Para los entes locales con una plantilla igual o superior a 25 personas, hay que indicar los medios que utilizan, con el acuerdo de los agentes sociales, para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir, en sus centros de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

e) Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5874
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/06/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5894
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 21/06/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5904
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento