Subvenciones a entes locales para financiar los gastos derivados de la elaboración, implementación o desarrollo de políticas de mujeres.

Código de ayuda:

S14428/05

Norma:

Resolución PRE/304/2005, de 14 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Según se establezca en convocatoria pública.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones, durante el año 2005, a ayuntamientos, consejos comarcales, consorcios de carácter local y otras entidades supramunicipales para financiar los gastos derivados de la elaboración, implementación o desarrollo de políticas de mujeres.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Presidencia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los municipios, consejos comarcales, consorcios de carácter local y otras entidades supramunicipales que desarrollen planes o programas transversales de políticas de mujeres o que estén en proceso de elaboración o implementación de los mismos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los supuestos siguientes:
a) Entes locales que disfruten de un plan o programa de políticas de mujeres, aprobado por el órgano de gobierno del ente local, y que los contenidos del plan o programa sean coherentes con los objetivos del Plan de acción y desarrollo de las políticas de mujeres en Cataluña 2005-2007 (está disponible en la web: http://www.gencat.net/icdona).
b) Entes locales, que sin disfrutar de un plan o programa, a partir de la ayuda del Instituto Catalán de la Mujer, incorporen el objetivo de elaborar y aprobar por el órgano de gobierno del ente local un plan o programa de políticas de mujeres, y que los contenidos del plan o programa sean coherentes con los objetivos del Plan de acción y desarrollo de las políticas de mujeres en Cataluña 2005-2007 (está disponible en la web: http://www.gencat.net/icdona).
c) Entes locales que, de conformidad con el marco propuesto en los apartados a y b anteriores, tengan servicios de información y atención que ya funcionen o que se proponga su creación.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4326
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento