Subvenciones a entes locales de la Comunidad Foral de Navarra, a fin de implantar los planes de accion (proyectos o acciones), de las Agendas Locales 21 durante el ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S28291/09

Norma:

ORDEN FORAL 119/2009, de 13 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de las ayudas destinadas a fomentar la realización de proyectos o acciones recogidos en planes de acción de Agendas Locales 21 para el ejercicio 2009, con la finalidad de aumentar la sostenibilidad de las entidades locales mejorando la gestión local de forma integrada y participativa.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a cada proyecto o acción será del cuarenta por ciento (40%) del presupuesto aceptado por la Comisión Técnica de Valoración y se concederá por orden decreciente de puntuación según el apartado 3 de la base séptima, hasta agotar el presupuesto disponible.

Si para el último proyecto o acción no existe crédito presupuestario para otorgar el cuarenta por ciento de su presupuesto aceptado, se le asignará la cuantía presupuestaria disponible.

En ningún caso la subvención a cada proyecto o acción podrá ser superior a 16.000 euros.

A efectos de cuantificación de la subvención sólo se tendrán en cuenta los gastos relativos a inversiones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra que tengan aprobada Agenda Local 21 por acuerdo de pleno.

En el caso de las Mancomunidades de la Comunidad Foral de Navarra, podrán ser beneficiarias cuando soliciten la ayuda para realizar proyectos de carácter supramunicipal que estén incluidos en las respectivas Agendas Locales 21 aprobadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán objeto de subvención los proyectos o acciones recogidos en planes de acción derivados de Agendas Locales 21.

2. Las actuaciones subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que las mismas formen parte del Plan de Acción de la Agenda Local 21, siendo necesario que dicho Plan sea aprobado, previamente, por acuerdo del órgano competente de la entidad local.

b) Su finalidad debe ser el fomento del Medio Ambiente Urbano, dentro del impulso a la promoción del desarrollo sostenible de las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra. Los proyectos o acciones deberán estar actualizados con participación ciudadana, en los últimos 24 meses, mediante un foro, comisión de seguimiento, comité local u otra forma participativa de revisión del plan, cumplimentando la Ficha descriptiva básica del proyecto o acción.

c) Constituir actuaciones sostenibles de carácter estratégico, ejemplarizantes y transferibles para la gestión local sostenible, en todas las cuales se justificarán los aspectos económicos, sociales y ambientales que determinen el carácter sostenible de cada uno.

d) Cada actuación deberá venir acreditada por los permisos previos necesarios o autorizaciones administrativas pertinentes para su ejecución.

e) Deberán ejecutarse en el ejercicio 2009. Excepcionalmente, se admitirán proyectos o acciones anteriores no subvencionadas en convocatorias precedentes siempre y cuando sean finalizados en 2009.

El número máximo de proyectos o acciones subvencionables por cada beneficiario será de 3.

Deben ser actuaciones consideradas como inversión en el correspondiente presupuesto de la entidad local, por tanto, quedarán excluidos los gastos de personal y los gastos corrientes.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento