Subvenciones a empresas radicadas en el Principado de Asturias por la celebracion de contratos para la formacion y el aprendizaje.- Convocatoria 2014-2015.- Primera modificación.

Código de ayuda:

S49664/14

Norma:

ResoluCión de 22 de octubre de 2014. ResoluCión de 17 de octubre de 2014. Resolución de 30 de julio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Consultar según fecha de contrato.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar, siempre que en las correspondientes aplicaciones presupuestarias de gasto exista crédito suficiente y adecuado en el momento resolutorio definitivo entendiéndose en caso contrario revocado el presente acto y anulados todos los actos que del mismo hayan podido derivarse, la convocatoria 2015 de concesión de subvenciones con destino a empresas del Principado de Asturias por la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En función del crédito disponible en cada procedimiento de selección, la subvención podrá alcanzar hasta el 50% de los costes subvencionables, en concurrencia con otras posibles subvenciones y ayudas y en particular con las bonificaciones a la cuota empresarial de la Seguridad Social vigentes a fecha de contrato.

En el caso de tratarse de trabajadores con discapacidad, en función del crédito disponible en cada procedimiento de selección, la subvención podrá alcanzar hasta el 75% de los costes subvencionables, en concurrencia con otras posibles ayudas y en particular con las bonificaciones a la cuota empresarial de la Seguridad Social vigentes a fecha de contrato.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que no sean dependientes ni estén vinculadas a administraciones, organismos o entes públicos, ni a empresas públicas o fundaciones del sector público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los costes salariales de los contratos para la formación y el aprendizaje suscritos entre el 1 de noviembre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015 (ambos inclusive) con jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Requisitos:

Para ser beneficiarios de las presentes subvenciones no se podrá estar incurso en las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones además de las siguientes:

a) Haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, por la comisión de infracciones tipificadas en tal materia en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

b) No acreditar documentalmente tener organizado el sistema de prevención, conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus normas de desarrollo.

c) Incurrir en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 1.4 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, a saber, que se trate de ayudas a empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común o que tengan la calificación de empresa en crisis.

Documentos asociados

Boletín: 31/10/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 253
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/10/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 253
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 07/08/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 184
Documento: Modificación Descargar Documento