Subvenciones a empresas que presten servicios deportivos y a entidades deportivas sin ánimo de lucro, ambas pertenecientes a la Comunidad Foral de Navarra, para llevar a cabo programas educativo-deportivos de actividades de iniciación deportiva, dirigidos a centros educativos durante el curso 2025-2026

Código de ayuda:

S13737/26

Norma:

ORDEN FORAL 58E/2026, de 27 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de junio de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones a empresas que actualmente presten servicios deportivos y a entidades deportivas sin ánimo de lucro, ambas pertenecientes a la Comunidad Foral de Navarra, para llevar a cabo programas educativo-deportivos de actividades de iniciación deportiva, dirigidas a Centros educativos públicos, privados y concertados de enseñanzas regladas no universitarias de Navarra.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad concedida a cada programa presentado en el Grupo A no podrá superar los 10.000 euros, y en el Grupo B, 2.500 euros, salvo en el supuesto establecido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades deportivas sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro del Deporte de Navarra

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Coste de las actividades de iniciación física y/o deportiva.

b) Gastos de monitores/as de las actividades.

c) Alquiler de material.

d) Seguro de accidentes de los y las participantes (escolares y profesorado).

e) Gastos en limpieza.

Requisitos:

1. Para las empresas prestadoras de servicios deportivos, estar inscritas en cualquiera de los Registros Oficiales de la Comunidad Foral de Navarra.

2. Para las entidades deportivas sin ánimo de lucro, estar inscritas en el Registro del Deporte de Navarra.

3. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarias, las entidades que estén financiadas y/o patrocinadas total o parcialmente por empresas dedicadas a las apuestas (incluyendo empresas operadoras de máquinas de apuestas). Así mismo, quedarán excluidas las entidades que incluyan cualquier tipo de publicidad de este tipo de empresas, tanto en sus instalaciones como en las indumentarias y material.

4. No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes o una sentencia firme condenatoria por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género. Así mismo, tampoco podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que estén pendientes de cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria impuesta por dichos motivos.

5. Estar al corriente en el pago en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

6. No estar incursas en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, se establecen en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 91
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento