Subvenciones a empresas de transportes para modernizacion y adaptacion de vehiculos.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S29919/14

Norma:

Resolución de 12 de junio de 2014. Resolución de 20 de junio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 31 de julio de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar públicamente las subvenciones destinadas a empresas de transporte para modernización y adaptación de vehículos, conforme a las Bases aprobadas por Resolución de la Consejera de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de 12 de junio de 2014 (BOPA 20 de junio de 2014).

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

• Mejora de las Tecnologías: obtendrán un máximo de 100.000 euros, los cuales se repartirán de forma proporcional a los gastos que se pretendan realizar, hasta un máximo del 50% de la inversión subvencionable, IVA excluido.

• Adaptación de vehículos destinados al transporte de viajeros tanto en autobuses como en auto-taxi para personas con movilidad reducida obtendrán un máximo de 50.000 euros, los cuales se repartirán de forma proporcional a la inversión subvencionable, hasta un máximo del 50% del gasto presupuestado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Para la Primera de las Líneas: Mejora de las Tecnologías, podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte de mercancías en vehículos de más de 3.500 Kg de MMA autorizada, así como las personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte en autobús serie VD, debiendo estar dichas autorizaciones domiciliadas en el Principado de Asturias.

Para la Segunda de las Líneas: Adaptación de vehículos destinados al transporte de viajeros tanto en autobuses como en auto-taxi para personas con movilidad reducida. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Resolución las personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros en vehículos
de las categorías M1, de hasta 9 plazas incluido el conductor (VT) y M2 y M3, de más de nueve plazas (VD) ambas domiciliadas en el Principado de Asturias, debiendo coincidir la titularidad de la autorización con el permiso de circulación del vehículo para el que se solicita la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Mejora de las Tecnologías: La presente subvención tiene por objeto la modernización del sector del tansporte de mercancías y de viajeros en autobús por carretera, con el fin de adaptarse a las nuevas condiciones impuestas por las modificaciones normativas, entendiendo como tal alguna de las siguientes inversiones:

a) Sistemas de localización de vehículos y mercancías (GPS/GSM y GPRS).

b) Sistemas de recepción y transmisión de datos radiofrecuencia.

c) Compra e Instalación de Tacógrafo Digital y sus componentes, únicamente será subvencionable la primera instalación.

d) Sistemas de tratamiento y almacenamiento de datos (lápices y dispositivos periféricos).

e) Equipos informáticos (ordenadores, impresoras, scáneres, routers, módems, elementos de comunicación periféricos).

El número de equipos informáticos subvencionables no podrá superar el de vehículos dotados de autorización.

f) Programas informáticos de gestión de flotas y de gestión de empresas de transporte.

g) Programas de descarga, análisis y almacenamiento de datos del tacógrafo digital.

h) Instalación de redes informáticas e inversiones en equipos e instalaciones para accesos a Internet de banda ancha.

Serán subvencionables aquellas inversiones que aislada o conjuntamente supongan un gasto superior a 600 euros (IVA excluido). Asimismo se establece como inversión máxima subvencionable la cantidad de 8.000 euros por empresa.

2. Adaptación de vehículos destinados al transporte de viajeros tanto en autobuses como en auto-taxi con la finalidad de hacerlos accesibles a personas con movilidad reducida.

Esta subvención tiene por objeto facilitar ayudas para la adaptación de vehículos nuevos o ya existentes, así como la compra de vehículos usados ya adaptados de las categorías M1, M2 y M3, que dispongan de autorización de transportes de las series VD y VT y reúnan las características de accesibilidad definidas en esta Resolución.

En el caso de adquisición de vehículos nuevos adaptados y adaptación de los ya existentes únicamente serán subvencionables los costes de la adaptación del vehículo a la normativa que más abajo se señala.

En el caso de adquisición de vehículos usados ya adaptados el importe subvencionable será equivalente al porcentaje que representó el coste de la adaptación sobre el coste total del vehículo cuando fue adquirido por el primer propietario del vehículo (sí el coste de la primera adaptación supuso el 10% del precio total, el importe a subvencionar será el 10% del precio de adquisición del actual propietario).

Solo serán objeto de subvención un máximo de dos vehículos por empresa.

Las características técnicas de los vehículos cuya adquisición o reforma puede ser objeto de ayuda deberán cumplir con los requisitos indicados en el anexo VII de la Directiva 2001/85, y el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 142
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/06/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 145
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento