Subvenciones a empresas de transporte público de mercancías para inversiones en nuevas tecnologías.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S18419/15

Norma:

Resolución de 14 de abril de 2015. Resolución de 14 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de junio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar públicamente las subvenciones a empresas de transporte público de mercancías para inversiones en nuevas tecnologías.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Serán subvencionables aquellas inversiones que aislada o conjuntamente supongan para el solicitante un gasto superior a 600 euros (IVA excluido), estableciendo como inversión máxima subvencionable la cantidad de 10.000 euros (IVA excluido).

Las subvenciones reguladas en la presente Resolución podrán alcanzar como máximo el 50% del coste de la inversión que se realice.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera cuyos vehículos tengan una Masa Máxima Admitida (MMA) superior a 3.500 Kgs., con licencia residenciada en Asturias, debiendo coincidir la titularidad de los vehículos con la de la autorización de transportes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Sistemas de localización de vehículos y mercancías (GPS/GSM y GPRS).

— Sistemas de recepción y transmisión de datos radiofrecuencia.

— Adquisición e Instalación de Tacógrafo Digital y componentes.

— Sistemas de tratamiento y almacenamiento de datos (lápices y dispositivos periféricos).

— Equipos informáticos tales como ordenadores, impresoras, scáneres, routers, módems, elementos de comunicación periféricos.

— Programas informáticos de gestión de flotas y de gestión de empresas de transporte.

— Programas de descarga, análisis y almacenamiento de datos del tacógrafo digital.

— Instalación de redes informáticas e inversiones en accesos a Internet de banda ancha. Sólo inversiones en equipos e instalaciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 89
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/04/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 89
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento