Subvenciones a empresas de produccion independientes para la realizacion de documentales destinados a ser emitidos por television.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S21500/12

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/1103/2012, de 14 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/1266/2012, de 12 de junio. RESOLUCIÓN CLT/1539/2012, de 16 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas de producción independientes para la realización de documentales destinados a ser emitidos por televisión.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Subvención para la realización de documentales destinados a ser emitidos por televisión en versión original catalana u occitana en su variante aranesa. Dicha subvención será del 17% del coste total del proyecto, con un máximo de 24.000,00 euros. Dentro del coste total del proyecto no se entenderá incluido el beneficio industrial de la/s empresa/s productora/s.

b) Subvención para la realización de documentales destinados a ser emitidos por televisión en otras lenguas. Dicha subvención será del 14% del coste total del proyecto, con un máximo de 24.000,00 euros.

Dentro del coste total del proyecto no se entenderá incluido el beneficio industrial de la/s empresa/s productora/s.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o domiciliadas en un Estado miembro de la Unión Europea o asociado al
Espacio Económico Europeo, y con establecimiento permanente en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de documentales televisivos.

Requisitos:

a) La duración de los documentales deberá ser de más de 45 minutos.

b) Tener garantizada la financiación completa del proyecto y acreditarlo. Al menos el 65% del coste del documental deberá estar garantizado mediante contratos o acuerdos con empresas de televisión públicas o privadas, otras ventanas de explotación y/o resoluciones de concesión de subvenciones procedentes de administraciones públicas. En todos los casos, los contratos o acuerdos presentados deberán indicar
claramente el importe de las respectivas aportaciones. La aportación de recursos propios que se haga al proyecto deberá estar acreditada mediante saldo medio de los 12 meses previos a la presentación de la solicitud de subvención, de cualquier cuenta corriente o depósito a plazo de la empresa productora.

c) La persona solicitante deberá haber firmado al menos un contrato definitivo con una empresa titular de la explotación de un canal de televisión de amplia difusión en el territorio de Cataluña.

d) El documental deberá haber sido financiado en más de un 50% por empresas con domicilio social en Cataluña o bien de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y establecidas en Cataluña, o realizado por sociedades participadas en más de un 50% por dichas empresas.

e) Al menos el 50% del coste total de la producción deberá corresponder a trabajos efectuados por personas físicas o jurídicas domiciliadas o con establecimiento permanente en Cataluña.

f) La empresa solicitante deberá encargarse de la producción ejecutiva del proyecto, de modo que la persona física encargada de la producción ejecutiva deberá estar ligada contractualmente a la misma.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6147
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6161
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 31/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6182
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento