Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento para el fomento de actividades culturales y celebraciones festivas para el año 2010.

Código de ayuda:

S43182/10

Norma:

Acuerdo de 18 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Organización y celebración de fiestas populares de libre concurrencia, en los pueblos o parroquias del concejo de Candamo y actividades culturales, deportivas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Candamo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 18.600 €, para actividades culturales, deportivas y festejos respectivamente, con cargo a la partida presupuestaria 3-48 del presupuesto 2010.

Asociaciones de vecinos para Fiestas Locales: No podrá superar el 50% del gasto realizado, ni la cantidad de 1.000 €, por Asociación.

2) Asociaciones Culturales, Deportivas: No podrá superar el 50% del gasto realizado, ni la cantidad de 800 € por cada proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro con sede social en el concejo de Candamo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en estas bases, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, y se realicen en el ejercicio de la convocatoria anual.

Requisitos:

a) Estar constituidas de conformidad con la normativa vigente reguladora de las asociaciones y debidamente inscritas, en la fecha de presentación de la solicitud, en el Registro de Asociaciones dependiente de la Administración del Principado de Asturias. Y en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Candamo.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) E star al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma o el concejo de Candamo, y de sus obligaciones de Seguridad Social.

d) Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que puedan haber obtenido con anterioridad, salvo que no haya vencido su plazo de justificación.

e) Figurar en los estatutos de la entidad, entre sus finalidades, la de organizar fiestas de carácter popular en el concejo de Candamo. En tales estatutos no podrá existir limitación alguna que impida la libre integración en la asociación o entidad solicitante de personas con vecindad en el concejo de Candamo, o si es de ámbito local o parroquial, en algún pueblo o parroquia del mismo.

f) Estar fijada su sede social en el concejo de Candamo.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 155
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento