Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento en 2010.
Código de ayuda:
S05082/10Norma:
Ayuntamiento de Las Regueras.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/03/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Las Regueras a asociaciones o entidades sin ánimo de lucro con sede social en el Concejo de Las Regueras, para la organización y celebración de fiestas populares de libre concurrencia, en los pueblos o parroquias del Concejo de Las Regueras.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de las Regueras (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En el caso de las subvenciones concedidas se indicará la cuantía correspondiente a cada uno de los festejos subvencionados, con el límite ya indicado en el art. 6.1 de 451,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro con sede social en el Concejo de Las Regueras, para laorganización y celebración de fiestas populares de libre concurrencia, en los pueblos o parroquias del Concejo de Las Regueras.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en estas bases, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, y se realicen en el ejercicio de la convocatoria anual.Requisitos:
a) Estar constituidas de conformidad con la normativa vigente reguladora de las asociaciones y debidamente inscritas, en la fecha de presentación de la solicitud, en el Registro de Asociaciones dependiente de la Administración del Principado de Asturias.b) Carecer de ánimo de lucro.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma o el municipio de Las Regueras, y de sus obligaciones de Seguridad Social.
d) Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que puedan haber obtenido con anterioridad salvo que no haya vencido su plazo de justificación.
e) Figurar en los estatutos de la entidad, entre sus finalidades, la de organizar fiestas de carácter popular en el Concejo de Las Regueras. En tales estatutos no podrá existir limitación alguna que impida la libre integración en la asociación o entidad solicitante de personas con vecindad en el Concejo de Las Regueras, o si es de ámbito local o parroquial, en algún pueblo o parroquia del mismo.
f) Estar fijada su sede social en el Concejo de Las Regueras.
Documentos asociados
Boletín:
27/01/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 21
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 21
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento