Subvenciones a conceder para instalaciones de energia solar termica y/o fotovoltaica en Castilla y Leon.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S65964/10

Norma:

ORDEN EYE/1692/2010, de 9 de diciembre. ORDEN EYE/1761/2010, de 21 de diciembre. ORDEN EYE/140/2011, de 16 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la realización de inversiones en instalaciones de aprovechamiento de la energía solar no conectada a red en Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Las cuantías de subvención dependerán de la línea de subvención.

- La cuantía máxima de subvención a conceder para cada actuación no superará los 200.000 €, independientemente del tipo de beneficiario.

- Cuando el beneficiario sea una empresa, de acuerdo con el Reglamento (CE) 800/2008, la cuantía de subvención percibida en unión de otras ayudas que puedan recibirse por estas actuaciones, en ningún caso podrá superar los límites máximos que se indican a continuación y que se calcularán sobre el coste subvencionable:

Pequeña Empresas 65%.

Empresas Medianas 55%.

Grandes Empresas 45%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Personas Físicas.

b) Comunidades de propietarios.

c) Entidades y/o Asociaciones sin animo de lucro.

d) Entidades Locales.

e) Empresas privadas.

f) Universidades públicas.

g) Empresas de Servicios Energéticos (ESE)

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Líneas de actuación:

a) Instalaciones de aprovechamiento de energía solar térmica, y en concreto:

1. ESA 1 Sistemas de energía solar para el calentamiento de aire a partir de la captación solar mediante soluciones de energía solar pasiva basados en fachadas ventiladas o dobles fachadas, cuyo paramento exterior podrá ser de chapa metálica, piedra o cristal, que canalicen el aire calentado contenido en las mismas mediante conductos o aberturas al espacio a climatizar mediante el concurso de ventiladores y/o compuertas.

2. ESA 2 Sistemas de energía solar para el calentamiento de aire a partir de la captación solar mediante captadores solares de aire, vidriados o no, que, constituidos en baterías, canalizan el aire calentado en los mismos mediante conductos al espacio a climatizar mediante el concurso de ventiladores y/o compuertas.

3. EST 1 Sistemas de energía solar para el calentamiento de un fluido a partir de la captación solar mediante captadores solares de polietileno, polipropileno o plásticos para el calentamiento del agua de piscinas descubiertas.

4. EST 2 Instalación de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de captación de la radiación solar, bien sea como sistema compacto o como sistema partido, consistente bien en sistema integrado o bien en un conjunto y configuración uniforme de componentes, producido bajo condiciones que se presumen uniformes y ofrecidas a la venta como equipos completos y listos para instalar, bajo un solo nombre comercial, donde los captadores solares tienen un coeficiente de perdidas inferior a
9 W/(m2ºC), excluidos los equipos directos.

5. EST 3 Instalación por elementos de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares no vidriados, para aplicaciones térmicas.

6. EST 4 Instalación por elementos de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares vidriados cuyo coeficiente global de pérdidas es inferior a 9 W/(m2ºC) y superior a 5 W/(m2ºC), para aplicaciones térmicas.

7. EST 5 Instalación por elementos de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares vidriados cuyo coeficiente global de pérdidas es inferior o igual a 5 W/(m2ºC), para aplicaciones térmicas.

8. EST 6 Instalación de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares vidriados en aplicaciones de refrigeración u otras aplicaciones con temperatura de diseño superior a 60º C, y superando rendimientos del 40%, para (tm-ta) = 60º C y I = 800 W/m2 sobre la curva cuadrática de homologación, lo cual se justificará con captadores solares con coeficiente global de pérdidas inferior a 4 W/(m2ºC).

9. EST 7 Estudios de viabilidad de ejecución de instalaciones de energía solar térmica en modalidad de venta de energía mediante ESE en edificios del sector terciario, industriales o de viviendas, salvo residencias particulares unifamiliares, y cuya superficie de captación sea igual o superior a 40 m2.

b) Instalaciones exclusivamente de energía solar fotovoltaica no conectada a red o instalaciones mixtas de energía solar fotovoltaica y energía solar eólica no conectadas a red, y en concreto:

1. ESF 1 Instalaciones fotovoltaicas, con acumulación.

2. ESF 2 Instalaciones fotovoltaicas, sin acumulación.

3. ESF 3 Instalaciones mixtas eólico-fotovoltaicas, con acumulación.

4. ESF 4 Instalaciones mixtas eólico-fotovoltaicas, sin acumulación.

c) La realización de estudios de viabilidad de ejecución de instalaciones de energía solar térmica en modalidad de venta de energía mediante ESE en edificios del sector terciario, industriales o de viviendas, salvo residencias particulares unifamiliares, y cuya superficie de captación sea igual o superior a 40 m2.

Documentos asociados

Boletín: 15/12/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 240
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Boletín: 29/12/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
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