Subvenciones a clubes deportivos de Castilla-La Mancha - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S76837/08

Norma:

Orden de 16-12-2008. Resolucion de 22/01/2009. Orden de 18/01/2010. Resolucion de 23/03/2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar un procedimiento de concesión de subvenciones en régimen concurrencia competitiva, para el año 2010, dentro de los términos previstos en las bases reguladoras, contenidas en la citada Orden de 16 de diciembre de 2008.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Clubes deportivos

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables la participación en competiciones federadas; la organización de actividades deportivas propias del club; la organización de actividades dirigidas al fomento de la práctica deportiva entre los ciudadanos; organización de competiciones deportivas; participación en las distintas ediciones del Campeonato Regional de Deporte en Edad Escolar.

Requisitos:

a) Aquellos que establece el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre

b) No podrán concurrir en las entidades solicitantes, alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Encontrarse al corriente de pagos de obligaciones por reintegro de subvenciones, de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Dichas circunstancias se acreditarán en la forma que se determine en la convocatoria, que será conforme con las disposiciones vigentes en cada momento.

d) Hallarse inscritos en el Registro de E ntidades Deportivas de Castilla-La Mancha, con fecha anterior a la de la publicación de la correspondiente Convocatoria.

e) Tener su domicilio fiscal en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

f) Aquellas entidades que tengan personal contratado, por cualquiera de las modalidades previstas en Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 marzo por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
Dichas circunstancias se acreditarán en la forma que se determine en la convocatoria, que será conforme con las disposiciones vigentes en cada momento.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2008
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