Subvenciones a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desarrollo del programa de Agenda 21 Escolar.
Código de ayuda:
S20882/10Norma:
ORDEN de 17 de marzo de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/05/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, con cargo al presupuesto destinado al efecto por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco para el diseño y realización del programa de Agenda 21 Escolar durante el curso escolar 2010- 2011.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individualizada de cada subvención, no podrá superar la cantidad de cinco mil (5.000)euros, ni la cantidad solicitada por la entidad.
Con los topes máximos establecidos, la cuantía de la subvención se calculará en base a los siguientes
criterios:
a) Cada centro recibirá para el desarrollo del proyecto de Agenda 21 Escolar una cantidad mínima de
setecientos (700) euros.
b) Además, los centros que en el curso escolar 2007- 2008 y 2008- 2009 hayan recibido el Certificado
de Escuela Sostenible, recibirán mil (1.000) euros.
c) Además, cada centro recibirá, en función del número de alumnos y alumnas implicados/as en
el proyecto hasta un máximo de seis (6) euros por alumno/a.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Todos los centros escolares públicos y privados concertados de niveles no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, siempre que se ubiquen en municipios en los que está implantado el Programa Agenda 21 Escolar.Requisitos:
La entidad beneficiaria deberá estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias yde Seguridad Social.
La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones a las entidades beneficiarias de éstas, quedarán
condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose
iniciado en el marco de las subvenciones de la misma naturaleza concedidas por Administración
General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
La entidad solicitante no podrá encontrarse incursa en ninguna prohibición o en sanción administrativa
o penal que conlleve la imposibilidad de obtención de subvención o ayuda pública, incluida la establecida en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Documentos asociados
Boletín:
31/03/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento