Subvenciones a beneficiarios de centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Imserso, durante el año 2015.

Código de ayuda:

S23228/15

Norma:

ORDEN TAS/1655/2007, de 1 de junio. Resolución de 22 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a beneficiarios de centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). La convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden TAS/1655/2007, de 1 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para personas con discapacidad y personas mayores, dentro del ámbito de competencias del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Orden de bases reguladoras), y por las disposiciones de esta resolución.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas con discapacidad que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Catálogo de subvenciones y cuantías máximas:

1. Subvenciones para la rehabilitación:

Medicina ortoprotésica: Incluye la adquisición o renovación de gafas o lentillas y de prótesis: Hasta coste real.

2. Subvenciones para la atención especializada: Movilidad y Comunicación.

Aumento de la capacidad de desplazamiento:
Adquisición de sillas de ruedas: Hasta coste real.
Adaptación de vehículos a motor: Hasta 722 euros.
Eliminación de barreras arquitectónicas en el hogar: Hasta 2.890 euros.
Potenciación de las relaciones con el entorno:
Adquisición de recursos técnicos: Hasta coste real.

3. Subvenciones complementarias:

Transporte especial para desplazamiento al centro: Hasta 66 euros mensuales.

Requisitos:

a) Ser beneficiario de un centro estatal de atención a las personas con discapacidad cuya titularidad corresponda al Imserso.

b) Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. No obstante, podrán solicitar subvenciones para la rehabilitación cuando, sin llegar al 33 por 100 de grado de discapacidad, precisen, a juicio de los servicios médico-terapéuticos y sociales del centro, medidas que impidan o retrasen la evolución desfavorable de la citada discapacidad.

c) Precisar, a juicio de los servicios médico-terapéuticos y sociales del centro, la subvención solicitada.

d) No percibir, o percibir en inferior cuantía de otro organismo o entidad, la subvención solicitada para el mismo fin.

e) Haber justificado las subvenciones recibidas, en su caso, en convocatorias anteriores.

f) No estar incursos en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, se establecen en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 138
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/05/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 110
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento