Subvenciones a ayuntamientos y entes públicos vinculados o dependientes, para las programaciones culturales que incluyan actividades de carácter profesional en el ámbito de la música, las artes escénicas y/o las artes visuales que se lleven a cabo en municipios de Cataluña de menos de 8.000 habitantes,correspondientes al año 2011.

Código de ayuda:

S28382/08

Norma:

RESOLUCIÓN CMC/2014/2008, de 4 de junio. ORDEN CMC/156/2008, de 3 de abril. RESOLUCION CMC/637/2009, de 12 de febrero. RESOLUCION CMC/313/2010, de 28 de enero. ORDEN CMC/540/2010, de 12 de noviembre. RESOLUCIÓN CLT/1365/2011, de 24 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a ayuntamientos y entes públicos vinculados o dependientes, para las programaciones culturales que incluyan actividades de carácter profesional en el ámbito de la música, las artes escénicas y/o las artes visuales que se lleven a cabo en municipios de Cataluña de menos de 8.000 habitantes, correspondientes
al año 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones consistirán en una dotación económica no porcentual y serán concedidas en función de las disponibilidades presupuestarias y teniendo en cuenta los criterios de valoración fijados en la base 8.

El importe máximo de las subvenciones no podrá superar el 50% del coste del presupuesto de la programación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de Cataluña y los entes públicos vinculados o dependientes, incluidas las sociedades
mercantiles con capital social íntegramente o mayoritariamente público, con una programación estable de actividades profesionales en el ámbito de las artes escénicas, de la música y/o de las artes visuales, prevista para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables, de manera prioritaria, los gastos derivados de la organización de actividades culturales profesionales. También son subvencionables los gastos de alquiler de infraestructuras escenotécnicas, de instrumentos musicales o de servicios profesionales que se utilicen en las actividades culturales no profesionales que formen parte de la programación.

Requisitos:

Con el fin de poder optar a las subvenciones, los/las solicitantes tendrán que llevar a término un mínimo de tres actividades profesionales dentro de sus programaciones municipales de actividades culturales. Las actividades pueden pertenecer a ámbitos artísticos diferentes.

A efectos del cálculo del número mínimo de espectáculos o actividades profesionales llevadas a cabo, hay que tener en cuenta lo siguiente:

a) Las actividades integradas en las giras organizadas por el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación se computan a efectos de alcanzar el número mínimo de actividades profesionales efectuadas, pero no a efectos del cálculo del importe de las subvenciones.

b) Las actividades que se anulen por causas de fuerza mayor computan únicamente a efectos de alcanzar el número mínimo de actividades profesionales efectuadas.

c) En los municipios en los cuales diversos entes públicos programen actuaciones de artes escénicas y/o música, se sumarán las actividades a efectos de alcanzar el número mínimo de actividades profesionales efectuadas.

d) Un mínimo del 40% de los intérpretes, grupos o compañías, programados, tienen que ser residentes en Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 21/04/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5115
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/06/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5162
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 16/03/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5339
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 15/02/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5567
Documento: Convocatora 2010 Descargar Documento
Boletín: 24/11/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5762
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 06/06/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5894
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento