Subvenciones a ayuntamientos para el fomento de la accesibilidad y señalizacion en los recursos turisticos en el medio rural, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S12164/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2015. RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de la accesibilidad y señalización en los recursos turísticos en el medio rural.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Turismo de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 100 % del coste elegible (IVA excluido) subvencionable por entidad beneficiaria. La cuantía de la ayuda no superará el importe máximo de 50.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos que desarrollen proyectos de accesibilidad y señalización de recursos turísticos en territorio de Galicia, exceptuando las zonas incluidas en los perímetros urbanos, definidos como tales en el planeamiento urbanístico vigente, de las ciudades de Ferrol, Lugo, Ourense, Pontevedra, Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones de mejora de la accesibilidad física y señalización en los siguientes recursos turísticos:

a) Espacios naturales: miradores y rutas de senderismo.

b) Playas marítimas y fluviales.

c) Bienes de interés cultural (BIC).

Las actuaciones objeto de la ayuda comprenden las siguientes:

a) Construcción, ampliación o mejora de aparcamientos para el acceso a los recursos definidos en este artículo.

b) Pavimentación de los accesos al recurso, pasarelas, rampas y eliminación de barreras arquitectónicas.

c) Construcción o rehabilitación o mejora de las instalaciones que contribuyan a mejorar los accesos y circulación de los visitantes y/o dotación de equipamientos de las referidas instalaciones.

d) Rehabilitación o mejora de la accesibilidad de los espacios naturales y/o dotación de equipamientos en estos.

e) Señalización, información visual e información táctil. Está excluida la señalización del Camino de Santiago.

Requisitos:

No podrán obtener a condición de beneficiario aquellos en los cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

La acreditación de no estar incursos en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable del ayuntamiento.

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 53
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/08/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 151
Documento: Ampliación Crédito 2015 Descargar Documento