Subvenciones a ayuntamientos para el apoyo, promoción y difusión de las fiestas declaradas de interés turístico de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2026.

Código de ayuda:

S13719/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de junio de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 4.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a los ayuntamientos gallegos para el apoyo, promoción y difusión de las fiestas declaradas de interés turístico de Galicia, así como efectuar su convocatoria para el año 2026.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia de Turismo de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las actuaciones subvencionables podrán alcanzar un máximo de ayuda de 4.000,00 euros, siempre que los gastos subvencionables sean iguales o superiores a este importe. En el caso de que los citados gastos no alcancen los 4.000,00 euros, la cuantía de la ayuda será como máximo el importe de estos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Únicamente será subvencionable un evento por ayuntamiento solicitante.

Requisitos:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto de conformidad con lo presentado o, en su caso, con lo modificado con la autorización de la Agencia de Turismo de Galicia.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión o el gozo de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectuará la Agencia de Turismo de Galicia, a las de control financiero que le corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y del Consejo de Cuentas para lo que se aportará cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) Comunicar a la Agencia de Turismo de Galicia la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la modificación de las circunstancias que fundamentaran la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse en el momento en que se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse propuesta de resolución de concesión, así como antes de las correspondientes propuestas de pago, que está al corriente en sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda, por ningún concepto, con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. Esta acreditación podrá realizarse mediante una declaración responsable de la entidad solicitante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 11/2009, de 8 de enero.

f) La entidad beneficiaria deberá disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados, en los términos exigidos en la legislación mercantil y sectorial aplicable, con la finalidad de garantizar el ejercicio adecuado de las facultades de comprobación y control. Asimismo, deberán conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.

g) Las entidades beneficiarias deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación en todas las actuaciones que deriven de la ejecución del proyecto, en cumplimiento del artículo 15.3 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 87
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 12/05/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 87
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento