Subvenciones a ayuntamientos del litoral para el acondicionamiento y mejora de las zonas de costa donde se practique asiduamente el baño, y se procede a su convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S25619/08

Norma:

Orden de 24 de marzo de 2008. Orden de 13 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las subvenciones de
la Consellería de Innovación e Industria, en régimen de concurrencia competitiva, para el acondicionamiento y mejora de las zonas de costa donde se practique asiduamente el baño para la obtención de certificados de gestión de calidad y/o ambiental, que se incluyen como anexo I.

Asimismo, por medio de esta orden se convocan dichas subvenciones para el año 2008.

Podrán acogerse a esta orden las actuaciones que se describen en su artículo 1º, teniendo que ser realizadas y efectivamente pagadas entre el 1 de enero de 2008 y la fecha límite de justificación de las inversiones establecida en el artículo 17º.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Innovación e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos que se recogen en esta orden como acciones subvencionables podrán alcanzar un máximo
de ayuda de hasta el 40%, con un máximo de 60.000 euros.

En el caso de certificación de sistemas de gestión de calidad ambiental, la ayuda tendrá una cuantía máxima de 2.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, los ayuntamientos del litoral gallego situados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Galicia que cuenten con zonas de playa o baño utilizadas por residentes y foráneos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto el acondicionamiento y mejora de las zonas de costa donde se practique asiduamente el baño, para la obtención de certificados de gestión de calidad y/o ambiental.

En concreto, se consideran actuaciones subvencionables las que se citan a continuación:

a) Proyectos que tengan como objetivo la mejora de los espacios de uso turístico o de los servicios destinados a la mejora del producto playa, tales como construcción de accesos a las playas; creación, mejora y acondicionamiento de los servicios ofertados; embellecimiento de playas y zonas costeras.
b) Proyectos que tengan como finalidad actuaciones consistentes en obras o reparaciones destinadas a desarrollar programas que conduzcan a la obtención de la certificación correspondiente de calidad o de
gestión ambiental de las playas turísticas de la Comunidad gallega.
Se entenderán también como objeto subvencionable la inversión en los procesos de certificación de gestión
de calidad y ambiental, originados, exclusivamente, durante el proceso de auditoría de certificación de cada una de las siguientes modalidades:
Sistema de Calidad Turística para Playas otorgado por el Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE), ISO 9001 e ISO 14001, acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (Enac).
Sólo se contemplarán las justificaciones de gastos con fecha de la auditoría de certificación posterior,
quedando excluidos los gastos generados por el personal (laboral o funcionario), dependientes de la corporación local o de la sociedad u organismo municipal de cualquier clase, así como aquellos gastos en los que incurra el solicitante durante el proceso de implantación del correspondiente sistema de gestión.
Sólo se procederá al pago de la ayuda en caso del logro efectivo de la certificación correspondiente que se deberá acreditar de modo fehaciente ante la Dirección General de Turismo; no se considerará en ningún
caso la ayuda sin esta condición.
Los certificados de calidad y gestión ambiental otorgados por el cumplimiento de los requisitos de las normas ISO 9001 e ISO 14001, respectivamente, deberán ser extensivos a la gestión del conjunto de las
playas del municipio, no admitiéndose un certificado para cada playa individualmente considerado. Cada
municipio, por tanto, puede acceder a una ayuda para la certificación citada de la gestión de sus playas,
según cada modalidad de certificación anteriormente mencionada.
c) Proyectos que tengan como finalidad actuaciones consistentes en la implantación de infraestructuras
adaptadas, así como equipos, actividades y servicios que conformen un espacio turístico accesible.
Todas estas actuaciones subvencionables deberán adaptarse a la Ley 8/1997, de 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia, y al Decreto 35/2000, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamente de desarrollo y ejecución de la Ley de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 70
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/10/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 209
Documento: Modificación Descargar Documento