Subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia y que no esten integrados en la red gallega de teatros y auditorios, para el equipamiento y mejora de las instalaciones técnicas de los espacios escénicos y locales utilizados para la realización de actividades culturales, se procede a su convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S33028/08

Norma:

Orden de 28 de abril de 2008. Orden de 22 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden fija el régimen de concesión, en concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a
la mejora y equipamiento de los locales de las corporaciones locales y sus entidades públicas con personalidad jurídica propia para el año 2008, en lo que concierne a la mejora del equipamiento y de las dotaciones técnicas de los locales destinados a actividades culturales, conforme al procedimiento que a continuación se establece.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Deporte (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación de las ayudas será:

-Equipo escénico: máximo por beneficiario 10.000 euros.
-Equipo audiovisual: máximo por beneficiario 5.000 euros.
-Equipo de iluminación: máximo por beneficiario 5.000 euros.
-Equipo de sonido: máximo por beneficiario 5.000 euros.
-Sistemas de prevención y seguridad: máximo por beneficiario 4.000 euros.
-Equipo de sala: máximo por beneficiario 6.000 euros.
-Acciones encaminadas a la mejora de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas: máximo
por beneficiario 10.000 euros.

La ayuda máxima por beneficiario a conceder por parte de la consellería será de 30.000 euros, que en
ningún caso podrá exceder del 70% del proyecto a desarrollar. La entidad deberá aportar la diferencia
hasta alcanzar el 100% del gasto a realizar.

El importe máximo de estas subvenciones no podrá superar en ningún caso el coste de las inversiones que realicen las entidades beneficiarias, ya sea aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones o entidades públicas o privadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a estas subvenciones las corporaciones titulares de locales que no estén incluidos en la red de teatros y auditorios de Galicia, con una programación estable a lo largo del año.

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en los apartados 2º y 3º del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El equipamiento y mejora de las instalaciones técnicas de los espacios escénicos y locales utilizados para la realización de actividades culturales.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/10/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 210
Documento: Modificación plazos justificación Descargar Documento