Subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo para el desarrollo de actuaciones de información, orientación, apoyo o rehabilitación de personas con enfermedades crónicas en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S06646/05

Norma:

Resolución de 11 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro entre cuyos objetivos se incluya la atención a pacientes o familiares de pacientes con enfermedades crónicas para el desarrollo de actuaciones de información, orientación, apoyo o rehabilitación de personas con enfermedades crónicas en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sanitarios (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de las subvenciones a conceder no podrá superar la cifra de 70.000 euros.

El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar legalmente constituidas como asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro y que entre sus objetivos o fines se incluya la atención, ayuda o apoyo a pacientes crónicos o a sus familiares, circunstancias éstas que deberán constar de forma explícita en los Estatutos.
2. Tener como ámbito de actuación el territorio del Principado de Asturias.
3. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
4. Deberán tener un funcionamiento democrático, con representación en los órganos de gobierno de la entidad de los distintos estamentos vinculados por el servicio prestado o actividad realizada.
5. Tener entre sus objetivos cualquiera de los siguientes: la realización de actividades de prevención, información, atención, asesoramiento y apoyo social a familiares y enfermos de cualquier patología crónica.

Documentos asociados

Boletín: 17/02/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 39
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento