Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro relacionadas con la información, prevención, atención, sensibilización y formación en materia de violencia de género en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Código de ayuda:

S18446/18

Norma:

Orden UMA/15/2018, de 10 de abril. Orden UMA/22/2018, de 7 de junio. ORDEN UMA/6/2019, de 1 de febrero. Orden UIC/18/2020, de 13 de marzo. Resolución de 11 de mayo de 2020. Resolución de 10 de febrero de 2021.

Plazo de Solicitud:

hasta el 17 de marzo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro, con el objeto de impulsar proyectos en materia de información, prevención, atención, sensibilización y formación en materia de violencia de género, en el año 2021.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Variable en función al proyecto presentado con un importe máximo total en la convocatoria de 10.000,00 euros para el año 2021.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de estas subvenciones: las asociaciones sin ánimo de lucro, quedando excluidas las organizaciones sindicales (sindicatos o federaciones de sindicatos).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Información y/o sensibilización en materia de violencia de género.

- Prevención y/o formación en materia de violencia de género.

- Atención a las víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas o personas sujetas a su tutela o acogimiento.

Requisitos:

a) Tener domicilio social en Cantabria.

b) Estar inscritas en el registro público correspondiente.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) No incurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

e) Tener entre sus fines la lucha contra la violencia de género constando de forma explicita en los estatutos de la entidad.

f) Contar con experiencia de más de dos años en el desarrollo y puesta en marcha de proyectos en materia de violencia de género, debiendo acreditarla de forma fehaciente por cualquier medio válido en derecho.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2018
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 18/06/2018
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 118
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/06/2018
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 118
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/02/2019
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 32
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/02/2019
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 32
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 31/03/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 62
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 19/05/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 94
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 19/05/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 94
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/02/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 32
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 17/02/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 32
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento