Subvenciones a asociaciones juveniles, grupos de jovenes y puntos de informacion juvenil de ceuta para el desarrollo de actividades en interes de la juventud Ceuti para el año 2010 - Ampliación convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S17155/10

Norma:

Ceuta, 5 de Marzo de 2010. Ceuta, 25 de Marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar los criterios y procedimientos para la concesión de subvenciones a asociaciones juveniles, grupos de jóvenes de Ceuta, secciones juveniles de entidades y P.I.J, reconocidos por la Ciudad Autónoma de Ceuta para el desarrollo de actividades que redunden en beneficio de la juventud ceutí.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Consejería de Juventud, Deportes y Nuevas Tecnologías (Ceuta)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Asociaciones juveniles (inscritas en el censo de asociaciones juveniles) o grupos de jóvenes de Ceuta (con un mínimo de 6 componentes y edad comprendida entre los 14-30 años) o P.I.J. reconocidos como miembros de la red de puntos de información juvenil de la Ciudad Autónoma de Ceuta. También podrán presentarse asociaciones u organizaciones que tengan constituidas secciones juveniles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

· Los gastos de viajes siempre que se refiera a un intercambio juvenil recíproco, se subvencionarán el 70% de los gastos reales de viaje.

· La estancia de los jóvenes que participan en un proyecto , será de 20 • por participante y día.

· El coste de adquisición de equipos nuevos o de segunda mano, siempre que no supere el 10% del total de la actividad, con un límite de 300 •. Se valorará la cofinanciación en especies.

· Los costes de bienes de consumo y suministros, siempre que sean identificables y estén destinados a la
acción.

· Los costes de difusión de la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4931
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/04/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4935
Documento: Ampliación convocatoria 2010 Descargar Documento