Subvenciones a asociaciones, fundaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro para el equipamiento y mejora de sus locales, y se procede a su convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S33691/08

Norma:

Orden de 29 de abril de 2008. Orden de 22 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden fija el régimen de concesión, en concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas la
mejora de los locales de las asociaciones, fundaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro para el año
2008, en lo que concierne a la mejora del equipamiento y mobiliario, conforme al procedimiento que a
continuación se establece.

Para los efectos de esta convocatoria, se entienden por locales de asociaciones, fundaciones y entidades
sin ánimo de lucro aquellos que son propiedad de las citadas entidades, sitos en Galicia y que contribuyan
como sede de estas entidades a la difusión de la cultura gallega y de nuestra identidad como pueblo diferenciado.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Deporte (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación de las ayudas será:

-Equipamiento informático. Máximo por beneficiario 3.000 euros.
-Equipamiento audiovisual. Máximo por beneficiario 5.000 euros.
-Material inventariable. Máximo por beneficiario 2.000 euros.
-Equipamiento escénico. Máximo por beneficiario 10.000 euros.
-Mobiliario. Máximo por beneficiario 5.000 euros.
-Sistemas de prevención y seguridad. Máximo por beneficiario 5.000 euros.
-Arreglos interiores. Máximo por beneficiario 10.000 euros.
-Arreglos exteriores. Máximo por beneficiario 10.000 euros.

La ayuda máxima por beneficiario a conceder por parte de la consellería será de 30.000 euros, que en ningún caso podrá exceder del 70% del proyecto a desarrollar. La entidad deberá aportar la diferencia
hasta alcanzar el 100% del gasto a realizar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a estas subvenciones las asociaciones, fundaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes y en el censo de actividades culturales de la Consellería de Cultura y Deporte, y con domicilio social en Galicia, que tengan sus locales en propiedad. En concreto, las fundaciones deberán estar inscritas en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, según la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 89
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/10/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 210
Documento: Modificación plazos justificación Descargar Documento