Subvenciones a asociaciones, federaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro, con el fin de potenciar la participación de las mujeres, su empoderamiento, así como el tejido asociativo con el objetivo de la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Cantabria.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S03819/17

Norma:

Orden UMA/1/2017, de 5 de enero. ORDEN UMA/22/2017, de 8 de mayo. ORDEN UMA/29/2017, de 5 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de julio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión subvenciones a asociaciones, federaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro, con el fin de potenciar la participación de las mujeres, su empoderamiento, así como el tejido asociativo con el objetivo de la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Cantabria, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención a percibir por cada entidad, por el conjunto de proyectos solicitados, no podrá superar el 10% de la cuantía máxima a conceder en la convocatoria, salvo que se trate de actividades y talleres formativos de carácter social o cultural que fomenten el asociacionismo de mujeres.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de estas subvenciones: asociaciones de mujeres; federaciones de asociaciones de mujeres; asociaciones cuyo objeto social vaya dirigido a la prevención, estudio e intervención ante enfermedades que afecten principalmente a mujeres; asociaciones socioculturales y asociaciones de carácter social con sección de mujeres o cuya junta directiva esté constituida íntegramente por mujeres; sindicatos y organizaciones empresariales con sección, secretaría, área ó programa de mujeres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres y a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de acciones positivas específicas para mujeres.

b) Proyectos que fomenten el acceso al empleo de las mujeres y promuevan la adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

c) Proyectos que contribuyan a fomentar la conciliación de la vida laboral y personal y la corresponsabilidad en el reparto de responsabilidades en el núcleo familiar entre mujeres y hombres.

d) Proyectos de actividades orientados a dinamizar, motivar e impulsar el movimiento asociativo de las mujeres que contribuyan a su empoderamiento y que creen, fomenten y fortalezcan las redes de asociaciones de mujeres.

e) Proyectos que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las mujeres en diversos ámbitos: La ciencia, la cultura, la política, el deporte, la literatura.

f) Proyectos que fomenten la salud de las mujeres a través de actividades de sensibilización, información, apoyo y atención ante enfermedades o afecciones físicas y/o mentales que las afecten preferentemente, mediante la realización de actividades que se desarrollen de forma grupal.

g) Proyectos que fomenten las relaciones intergeneracionales e interterritoriales entre mujeres para la creación de redes entre mujeres.

Requisitos:

a) Tener domicilio social en Cantabria, salvo las organizaciones sindicales y empresariales, que deberán tener delegación en Cantabria.

b) Estar inscritas en un registro público autonómico.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) No incurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

e) Contar con un local propio o compartido con otras asociaciones, en propiedad, alquilado o cedido donde se desarrollen las actividades, que no sea un domicilio particular.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 19
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 19/05/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 96
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 20/06/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 118
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/06/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 118
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento