Subvenciones a asociaciones de vecinos y comisiones de fiestas oficialmente constituidas, al objeto de organizar y realizar anualmente las fiestas patronales o festejos populares en distintos barrios y nucleos urbanos de las diputaciones del municipio de Cartagena, por el procedimiento de concurrencia competitiva.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S14128/14

Norma:

Cartagena, 22 de enero de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de pública concurrencia competitiva a Asociaciones de Vecinos y Comisiones de Fiestas sin ánimo de lucro y oficialmente constituidas para la
finalidad que se persigue.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Ayuntamiento de Cartagena (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Vecinos y Comisiones de Fiestas legalmente constituidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organización y realización anual de las fiestas patronales o festejos populares más representativos y aceptados en distintos barrios y núcleos urbanos de las diputaciones del Municipio de Cartagena.

Requisitos:

a.-Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones al menos desde el año 2.013 y renovar dicha inscripción en el año 2.014, con la finalidad de desarrollar actuaciones de la misma índole que las recogidas en el objeto de la convocatoria.

b.-Carecer de fin de lucro y gozar de personalidad jurídica y capacidad de obrar.

c.-Tener sede en el lugar de aplicación del Proyecto.

d.-Haber justificado técnica y económicamente, las subvenciones obtenidas en ejercicios anteriores, lo cual acreditarán mediante documento municipal o, en su defecto, declaración responsable, según modelo que se adjunta a la presente convocatoria como ANEXO IV.

e.-Los previstos en el artículo 49 de las Bases de Ejecución Presupuestaria, reguladoras de la concesión de Subvenciones. Se tendrá que aportar por los beneficiarios certificaciones positivas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social expedidas por la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, salvo cuando el beneficiario no esté obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren las obligaciones anteriores, lo que acreditará mediante declaración responsable
según el modelo que se acompaña a esta convocatoria como Anexo V.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 83
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento