Subvenciones a asociaciones de vecinos, ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S29991/09

Norma:

Ayuntamiento de Móstoles.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de las presentes bases regular el régimen de las subvenciones que convoca el Ayuntamiento de Móstoles, a través de la Concejalía de Participación Ciudadana, para el desarrollo de actividades y programas de interés general que contribuyan a fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana.

La convocatoria se dirige a entidades ciudadanas de vecinos, es decir, a asociaciones o uniones de asociaciones de base de vecinos sin fines de lucro, que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Móstoles, en los términos establecidos en el Reglamento Orgánico Municipal.

Quedan exceptuadas de esta convocatoria aquellas entidades que reciban ayudas o subvenciones con cargo al Programa de Participación Ciudadana de esta Concejalía, en virtud de acuerdos o convenios específicos con el Ayuntamiento de Móstoles.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Móstoles (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades ciudadanas de vecinos, es decir, a asociaciones o uniones de asociaciones de base de vecinos sin fines de lucro, que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Móstoles, en los términos establecidos en la vigente normativa relativa a la participación ciudadana.

Quedan exceptuadas de esta convocatoria aquellas entidades que reciban ayudas o subvenciones con cargo al Programa de Participación Ciudadana de esta Concejalía, en virtud de acuerdos o convenios específicos con el Ayuntamiento de Móstoles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención aquellas acciones que tengan como finalidad el fomento de actividades de utilidad pública o interés social, que se desarrollen en el ámbito territorial del municipio de Móstoles, y en particular, las siguientes:

— Potenciar la relación entre los vecinos.

— Fomentar el sentimiento de pertenencia a la comunidad y el conocimiento del barrio.

— Promover la cohesión de la ciudad.

— Proponer espacios/foros abiertos al debate, intercambio de ideas, experiencias para la comunicación.

— Fomentar la participación ciudadana a través del asociacionismo en los asuntos de interés general.

— Incidir en la información y formación de conductas cívicas en general.

— Promover la sensibilización y concienciación ciudadanas respecto a la mejora de hábitos con relación al entorno inmediato (limpieza, buen uso de muebles e inmuebles públicos, etcétera).

— Promover el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la coordinación entre asociaciones, el intercambio de información y la comunicación de los proyectos de la ciudadanía.

— Apoyar las relaciones ciudadanas a través de la cultura y las tradiciones populares.

— Fomentar la formación como instrumento para conseguir una mayor cualificación del movimiento asociativo.

— Potenciar la implicación de los vecinos en la actividad municipal, especialmente a través de las nuevas vías de participación ciudadana.

5.2. El Programa General de Actividades subvencionado se ejecutará durante el año 2009.

Requisitos:

Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán mantener, al menos, durante el ejercicio económico para el que se concede la subvención:

a) Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Móstoles con un año de antigüedad como mínimo, así como tener todos los datos inscritos actualizados.

b) Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Móstoles.

c) Haber justificado debidamente subvenciones o ayudas económicas concedidas y percibidas con anterioridad a la presente convocatoria.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

f) No tener deudas de pago en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Móstoles, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas, requisito que se acreditará a petición de la Concejalía de Participación Ciudadana al Área competente.

g) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 89
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento