Subvenciones a asociaciones de familias que trabajen en el ambito de la Comunidad Foral de Navarra por acciones realizadas en 2011.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S11300/12Norma:
ORDEN FORAL 97/2012, de 13 marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/04/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones a asociaciones de familias que trabajen en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra por actividades realizadas en el año 2011.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud. (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de subvención que se solicite al amparo de esta convocatoria no podrá superar, los 5.000 euros. En caso contrario, la solicitud no será admitida.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de familias que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Proyectos destinados a sensibilizar a la sociedad sobre los valores que entraña la familia.b) Acciones que fomenten la participación de las familias en la sociedad.
c) Acciones formativas encaminadas a trabajar y difundir con grupos de padres y madres, los contenidos de los documentos editados por la anterior Dirección General de Familia, Infancia y Consumo o por el INAIF
a través de la Subdirección de Planificación y Gestión de Políticas para las Familias.
d) Talleres, conferencias o charlas promovidas por asociaciones de familias adoptivas o acogedoras.
e) Proyectos promovidos por asociaciones con el fin de ayudar a sus asociados a atender a sus hijos menores en momentos y situaciones de puntual necesidad.
Requisitos:
a) Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en el Registro de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, y en cualquier otro registro a que viniera obligada la entidad por razón de su naturaleza jurídica.b) Carecer de fines de lucro y tener su sede social en Navarra.
c) Tener como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la familia.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral o
sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.
e) Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.
f) En caso de haber recibido con anterioridad subvenciones por parte de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra por el mismo objeto y finalidad, se deberá justificar que están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las resoluciones de concesión de las mismas.
g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
h) Presentar o haber presentado las memorias técnicas y económicas y las facturas correspondientes que se deriven de la subvención concedida el año 2010, en su caso.
Documentos asociados
Boletín:
04/04/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 66
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 66
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento