Subvenciones a asociaciones/colectivos mujeres.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S18855/11

Norma:

Móstoles, a 21 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a asociaciones/ colectivos de mujeres que desarrollen proyectos, programas y actividades para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el municipio de Móstoles, para el ejercicio 2011.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Móstoles (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe individualizado de la subvención, que en ningún caso podrá superar el 60% del coste total de los proyectos, programas y actividades que se hubiesen presentado y tuvieran el carácter de subvencionables, estará en función de la puntuación obtenida por cada Entidad, de acuerdo con los criterios y baremación detallados en el apartado anterior, puesta en relación con la puntuación máxima que, en todo caso, pudiera alcanzarse.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones/Colectivos de mujeres sin animo de lucro, que desarrollen proyectos, programas y actividades para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el municipio de Móstoles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos, programas y actividades para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el
municipio de Móstoles.

Requisitos:

a) Estar debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Móstoles, con, al menos, un año de antigüedad en la fecha de aprobación por el Concejal Delegado de Hacienda de la presente convocatoria.

b) Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del Municipio de Móstoles.

c) Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en el art. 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

d) No haber sido sancionadas con la perdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

e) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en los arts. 18, 19 y 22 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 02/04/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 78
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento