Subvenciones a agencias de viaje y organizadores profesionales de congresos para el fomento de actividades de comercialización turística.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S37937/16

Norma:

Orden INN/13/2016, de 29 abril. Orden INN/46/2016, de 20 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de octubre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 36.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2016 las subvenciones a agencias de viaje y organizadores profesionales de congresos domiciliados en Cantabria o que, al menos, tengan un centro de actividad radicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que estén inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma de Cantabria con anterioridad al plazo de fi nalización de presentación de solicitudes, para el desarrollo de las actividades de comercialización turística que se especifi can en el artículo 4 de esta Orden.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Calidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones correspondiente a cada beneficiario será igual al 35% del importe de la actividad subvencionable proporcional a la puntuación obtenida por los mismos y en ningún caso superará la cantidad de 36.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Titulares de las pequeñas y medianas empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas, domiciliadas en Cantabria o que, al menos, que tengan un centro de actividad ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y que estén constituidas e inscritas como agencias de viaje u organizadores profesionales de congresos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma de Cantabria con anterioridad al plazo de finalización de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de creación, edición o reedición de publicaciones divulgadoras y material promocional a través medios de impresos, de comunicación o páginas Web relativas a Cantabria y gastos de distribución del material promocional. Queda incluida la creación, edición y publicación en sistema Braille.

b) Actividades derivadas de viajes de promoción y familiarización del destino Cantabria.

Quedan excluidos los gastos de alojamiento y manutención.

c) Desarrollo de las TIC en la gestión, promoción y comercialización de la oferta turística.

d) Gastos de diseño, maquetación e impresión de folletos, catálogos, originales de publicidad o cualquier otro material promocional relacionado con la creación de nuevos productos turísticos.

e) Gastos para la implantación, obtención y renovación de la certificación de la marca de calidad turística "Q/UNE" impulsada por el ICTE, así como cualquier otra marca certificada.

Documentos asociados

Boletín: 17/05/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/09/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 188
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
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BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 188
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento