Subvenciones a Municipios de la Region de menos de 50.000 habitantes, con cargo a los Fondos para la mejora de las Funciones Policiales - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S25719/08

Norma:

Orden de 31 de marzo de 2008. Orden de 30 de abril de 2008. Orden de 26 de febrero de 2009. Orden de 5 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Prestar la cooperación económica-financiera que las Corporaciones Locales precisen para la realización de las actuaciones que figuran en los apartados siguientes:

A) Subvenciones con cargo a los fondos de la Caja de Cooperación Local:
La cooperación revestirá la siguiente forma:

a) Subvenciones para la financiación de toda clase de obras, adquisiciones, reformas, instalaciones y/o servicios de competencia municipal no financiados en otros Planes y Programas de Cooperación Local.

b) Participación en el pago de los gastos de honorarios por redacción de estudios y proyectos de obras y
servicios no incluidos en la Cooperación Económica Local, siempre que supongan un incremento en el coste de la inversión realizada o a realizar.

c) Participación en el pago de los gastos derivados de la asistencia técnica que requiera la prestación de determinados servicios municipales en Ayuntamientos de menos de 3.000 habitantes. Aquellas corporaciones Locales, con población inferior a 3.000 habitantes, que no soliciten lo indicado en el apartado b), pero necesiten subvención para estos fi nes, podrán acogerse a una ayuda como cantidad alzada, cuya cuantía quedará establecida en la correspondiente convocatoria.

d) Participación en los gastos de operaciones financieras municipales para inversiones, que hayan sido avaladas por la Comunidad Autónoma.

e) Cualesquiera otras formas de cooperación que se determinen oportunamente en la correspondiente Orden de convocatoria.

B) Subvenciones con cargo a los fondos para la mejora de las funciones policiales:
La cooperación tendrá por objeto la financiación de adquisiciones de bienes y equipamientos, así como las
obras de primer establecimiento o reforma de instalaciones, destinadas al desarrollo de las funciones policiales de competencia municipal.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Para poder ser beneficiarios, los Ayuntamientos solicitantes, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) No estar incurso en las circunstancias del artículo. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se hará mediante la presentación de declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa (según modelo que se recogerá como anexo a la convocatoria) o notario público

b) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
No será necesaria la acreditación de este requisito conforme a lo dispuesto en el artículo 11.b de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, modifi cada por la Ley 12/2006, de 27 de diciembre.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Prestación de la asistencia técnica y económica-financiera que las Entidades Locales precisen para la realización de toda clase de obras, adquisiciones, instalaciones o servicios de competencia municipal, así como participación en los gastos de operaciones financieras a las que la Comunidad Autónoma haya prestado su aval, previa justificación del interés social o general.

Documentos asociados

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