Subvenciones a Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria en riesgo de despoblamiento, destinadas a la promoción de la tauromaquia en el mundo rural, para el año 2026.
Código de ayuda:
S12228/26Norma:
Orden PRE/52/2024, de 6 de junio. Orden PRE/34/2026, de 21 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de mayo de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 6.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para el ejercicio 2026 destinadas a municipios afectados por riesgo de despoblamiento en Cantabria, para la financiación de la organización de festejos y espectáculos taurinos en dichos municipios.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor
CantabriaConvoca:
Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación administrativa (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención para cada beneficiario podrá alcanzar el 90 % de la totalidad de dicho gasto.- Corridas de toros o rejoneo de toros: 14.500 €.
- Novilladas con picadores o rejoneo de novillos: 10.000 €.
- Novilladas sin picadores, becerradas o festivales: 6.000 €.
- Espectáculos o festejos taurinos populares: 2.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Tendrán la condición de beneficiarios de las ayudas, los Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
— Gastos de impresión, publicidad y difusión de los festejos taurinos.— Contratación de servicios específicos para el desarrollo de los festejos, tales como limpieza, mantenimiento o seguridad.
— Gastos directamente relacionados con la organización y realización de eventos que se correspondan con el objeto de la subvención, como el alquiler de plazas de toros portátiles, contratación de profesionales taurinos, seguros de suscripción obligatoria para la celebración de los festejos y compra de reses bravas.
Requisitos:
a) Acreditar ante la Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana que se han realizado las actuaciones o gastos que fundamentan la concesión de la subvención en la forma, condiciones y plazo establecidos en la presente convocatoria.b) Comunicar a la Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquiera otra administración o ente público o privado, nacional o internacional. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
c) Facilitar cuanta información les sea requerida por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros Órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa en materia de protección de datos.
d) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y de sus obligaciones frente a la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentos asociados
Boletín:
14/06/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 115
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
28/04/2026
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 80
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
28/04/2026
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 80
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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