Subvenciones a Instituciones sin fin de lucro, para mantenimiento de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

Código de ayuda:

S01364/05

Norma:

Orden 18/2005, de 13 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:


Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Según el tipo de servicio que se preste al usuario, se aplicará un módulo anual por plaza ocupada o servicio prestado, por las
cuantías siguientes:
A) Plazas de Residencias para personas con discapacidad gravemente afectadas: 3.580,09 euros.
B) Plazas de Residencias para personas con discapacidad intelectual no gravemente afectadas: 3.134,37 euros.
C) Plazas de Pisos Tutelados: 3.580,09 euros.
D) Plazas de Centros de Día para personas con discapacidad gravemente afectadas: 3.674,15 euros.
E) Plazas de Centro Ocupacional para personas con discapacidad intelectual no gravemente afectadas subvencionadas durante el ejercicio anterior: 3.134,37 euros.
F) Plazas nuevas de Centro Ocupacional para personas con discapacidad intelectual no gravemente afectadas que tienen suscrito contrato con la Comunidad de Madrid: 3.134,37 euros.
G) Tratamientos:
Un tratamiento: 713,92 euros.
Conjunto de tratamientos: 1.445,67 euros.

La suma de las aportaciones económicas de los usuarios, de las ayudas de entidades particulares y las subvenciones que se hayan otorgado para la misma finalidad no podrán ser superiores al total del gasto producido por la prestación de los servicios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Instituciones sin fin de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El mantenimiento (gastos de personal y gastos corrientes) de centros y servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid, excluyéndose las que pudieran destinarse a mantenimiento de centros y servicios de carácter educativo y laboral, de atención temprana de atención a personas mayores o de tratamientos rehabilitadores a menores de dieciocho años y a actividades recreativas, culturales o deportivas, sanitarias y de salud mental.

Se entenderá por Centro de Servicios Sociales la unidad orgánica y funcional, dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable, desde la que se instrumentan prestaciones propias de las áreas de acción social y servicios sociales.
Se entenderá por Servicio de Acción Social los medios o acciones organizados técnica y funcionalmente para prestar atención social o desarrollar actuaciones de servicios sociales especializados, que sean proporcionados a sus beneficiarios sin ser prestados necesariamente a través de un Centro.
Se entenderá por programa las actividades que con carácter propio y diferenciado de las actividades habituales de la entidad, contengan unos objetivos concretos, un desarrollo preciso determinado en el tiempo, unos sistemas de evaluación de dichos objetivos y un coste independiente de aquéllas.

Requisitos:

1. Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid, requisito que se acreditará de oficio por la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
2. Disponer de la autorización administrativa correspondiente para los centros o servicios para los que solicite subvención, requisito que se acreditará de oficio por la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
3. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas, requisito que se acreditará de oficio a petición de esta Consejería por el órgano competente de la Comunidad de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 20
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 25/01/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 20
Documento: Anexos Descargar Documento